Políticas de Educación en el Perú

 

Cuadro horas2010.jpgFoto: Ministerio de Educación

Cuando todos los centros educativos estaban trabajando en la distribución del cuadro de horas en base a la Directiva Nº 005-2009-ME/SG/OGA/UPER, el 26 de enero el Ministerio de Educación pública en su página web la Directiva Nº 004-2010-ME/SG/OGA/UPER, que deroga la norma anterior. La directiva del Año Escolar 2010 daba a los directores de centros educativos la responsabilidad de remitir a más tardar en enero de 2010 el Cuadro de Distribución de Secciones de los diferentes niveles educativos y el Cuadro de Horas de clase del Nivel Secundario de su plantel a la UGEL de su jurisdicción para su revisión y aprobación. Les quedan solo tres días para cumplir con esta responsabilidad.

La norma, entre otros considerandos establece:

 

a.     La hora pedagógica es de 45 minutos como mínimo.

b.    El director de un centro educativo con nueve o menos secciones asume 12 horas de clase. En el caso de Lima esas horas de clase se asumen en centros de diez o menos secciones.

c.     En instituciones de EBA el director no tiene a cargo horas de clase.

d.    El personal jerárquico cumple obligatoriamente un mínimo de doce horas de clase. En el caso de los coordinadores de OBE y de Promoción educativa Comunal las horas de clase a dictar es cinco.

e.     Para los profesores comprendidos en la Ley del Profesorado las horas de clase se pueden extender hasta un máximo de 30 horas pedagógicas. Los profesores de secundaria EBR y EBA pueden extender su jornada laboral hasta un máximo de 30 horas siempre y cuando la distribución de horas lo permita.

f.     En la EBR el plan de estudios está conformado por 29 horas pedagógicas obligatorias y 6 horas de libre disponibilidad a la semana. Tratándose de EBA comprende 25 horas semanales y si la disponibilidad presupuestal lo permite, cinco horas de libre disponibilidad.

g.    De las seis horas de libre disponibilidad, en los grados 2º,3º y 4º, 3 horas se destinan al desarrollo de capacidades para la comprensión lectora en el área de comunicación. De esas tres adicionales, dos son para el Plan Lector.

h.      Las horas restantes de libre disponibilidad podrían emplearse para reforzar las siguientes áreas: inglés (si hay profesores para ello); enseñanza de la lengua originaria; educación para el trabajo. En este último caso si existe disponibilidad e docentes con título pedagógico en la especialidad o docentes con título pedagógico y como mínimo estudios técnicos en la especialidad; equipamiento para desarrollar el módulo e infraestructura.

i.      En los colegios de variante técnica las horas destinadas a educación para el trabajo -incluidas las de libre disponibilidad serán: 7 horas para el 1º grado; 5 horas para el 2º, 3º y 4º grados y 8 horas para el 5º grado. Los talleres contemplan un mínimo de 20 estudiantes. Desdoblar secciones con un mayor número de estudiantes implica contar con la disponibilidad presupuestal.

j.      Para determinar las metas de atención se tomarán en cuenta los alcances de la RM 101-2009-ED.

k.     Los contratos eventuales proceden en caso de existir disponibilidad presupuestaria aprobada por el Gobierno Regional y el informe favorable del Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto.

l.      Para elaborar el cuadro de distribución de horas de clase se toma en cuenta el número de secciones/grados aprobados en el Presupuesto Analítico de Personal. La prioridad en la distribución guarda el siguiente orden de precedencia: personal directivo, personal jerárquico, personal docente. A su vez, dentro de cada grupo, prima el siguiente orden de precedencia: nivel magisterial, tiempo de servicios oficiales como docente, tiempo de servicios oficiales como docente en el centro educativo. El tiempo de servicios oficiales no tiene en cuenta los años como contratado, como auxiliar de educación, como profesor en la educación privada ni como personal con cargo administrativo.

m.   La directiva establece, según áreas de formación el requisito de formación profesional necesario (Ver norma en el archivo que figura al final de este artículo)

n.     Si un profesor acredita más de un título pedagógico, de segunda especialidad o profesional técnico en la especialidad requerida, podrá solicitar indistintamente, considerando su orden de prelación y prioridad, las horas de cualquier especialidad de las áreas curriculares que le acrediten dichas especialidades. Igualmente, los profesores que tengan más de una mención (especialidad) en su título pedagógico podrán acceder, en la asignación de horas de clase, indistintamente a cualquiera de las áreas curriculares que le acrediten dichas especialidades.

o.    Los profesores nombrados que fueran desplazados a una institución educativa, vía reasignación, permuta, nombramiento, destaque u otro, con posterioridad a la aprobación del cuadro de distribución de horas, asumirán las horas lectivas durante dicho período correspondiente, no siendo en este caso de aplicación el orden de precedencia no orden de prelación descritos en párrafo precedente.

p.    El cuadro de horas de clase lo elabora el director con la participación de representantes de los docentes.

q.    A los docentes nombrados y contratados comprendidos en la Ley del Profesorado y la Carrera Pública Magisterial por ningún motivo se les asignará una jornada menor de 24 horas pedagógicas en educación secundaria y de 35 horas en EBA ciclo avanzado.

 

Comentarios a la norma

 

a.     Como consecuencia de lo dispuesto en la directiva del año escolar, la norma da muy poco espacio a los centros educativos de educación secundaria para que puedan emplear sus horas de libre disponibilidad. Refuerza el criterio centralista de las decisiones en materia curricular.

b.    Se persiste en que las 3 horas de libre disponibilidad para el desarrollo de capacidades de comprensión lectora sean asignadas a profesores del área de comunicación.

c.     La antigüedad sigue siendo un factor predominante en la asignación de horas de clase.

d.    Se avanza en la posibilidad de que los profesores sean asignados a asignaturas donde poseen otro título, segunda especialidad o título profesional técnico. Se obvia sin embargo a profesores que puedan tener una maestría en la especialidad y la situación dada en la educación técnico productiva, en donde evidentemente, lograr un profesor titulado para varias especialidades no solo es difícil sino que a veces sería mejor que lo asuma una persona con experiencia en la materia y la capacitación pedagógica necesaria.

e.     La norma no contempla plazos adicionales de presentación del cuadro de horas aún cuando su aprobación resulta extemporánea.

f. ¿Como harán los gobiernos locales que han ingresado a la Municipalización de la educación para hacer frente con las nuevas responsabilidades que la directiva les asigna? Muchas no están implementadas con el personal necesario y mucho mejnos calificado.

 

 

Ver Directiva de Cuadro de Horas: Cuadro horas 2010.pdf

130 Commentarios

Raúl García

26.01.10

Dr. Hugo
Quiero agradecerle su contestación y felicitarlo porque realmente sus respuestas son oportunas y rápidas. En esta ocasión quisieran consultarle sobre el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Mi institución se caracteriza por ser una institución con diez especialidades técnicas y equipadas con sus respectivos talleres. En diciembre del año 2009 el director nos comunico que este año 2010 no se hará el programa de exploración de intereses que hacemos todos los años en el mes de enero para los alumnos que ingresan al primer año con la finalidad de ubicarlo en una especialidad o en una familia profesional, el motivo dice el director que un padre de familia lo a denunciado en la UGEL. La UGEL le ha dicho al director que para hacer este tipo de programas que son financiados por los padres tienen que tener su PEI donde dicho programa debe estar indicado. Por este motivo y porque quiero que mi institución educativa pueda mejorar la calidad de sus servicios educativos que brinda a la comunidad estoy decidido a organizar grupos para poder este año trabajar en el documento del PEI y en los proyectos de innovación que podamos plantear. Los profesores ya han avanzado haciendo el PCI de la institución y el PCI de técnica. Pero veo que han hecho cada uno de ellos sus respectivos diagnósticos, pero revisando información de Internet me parece que el diagnostico debe ser uno solo, además pienso que debería haber un solo PCI. Mi IE tiene Un sub. Director de administración, Un sub. Director de técnica, 2 sub. Directores de formación general, 5 jefes de taller, 2 jefes de laboratorio, una asistenta social, una secretaria, 100 profesores y alrededor 1900 alumnos en dos turnos de educación secundaria. Mi pedido seria que me de algunas ideas directrices para poder empezar hacer mi PEI y, demás documentos de gestión. También pedirle por favor que me envíe a mi correo los formatos de PEI, PCI, y demás información que me pueda servir para poder hacer un buen documento que me ayude a motivar y a convencer de las ventajas de tener un PEI a más de 100 docentes que trabajan en la IE
Saludos cordiales.

RESPUESTA de Hugo Díaz Raúl. En el Blog hay tres archivos que tienen que ver con la elaboracion del PEI, cteo que le puede ayudar. Estoy de acuerdo con usted en el sentido que hay que trabajar con pocos problemas (no más de cuatro o cinco), un objetivo para cada problema y las estrategias correspondientes para cada objetivo. Eviten introducirse en consideraciones conceptuales (marcos teoricos, por ejemplo) pues eso no permite avanzar. Recuerden que el PEI es una herramienta de gestión, para tomar decisiones y debe ser un documento muy práctico, corto y que fije responsabilidades en cuanto a las estrategias a desarrollar. En el caso de su institución, es muy importante asociarse a las variables del mercado de trabajo en la zona. El PEI en ese caso no puede estar divorciado del mundo productivo . Saludos

Luis Aldoradin

27.01.10

Este blog es la mejor fuente de información que he encontrado con respecto a la normas del sector educación. Una consulta Dr Hugo, en la norma que hace referencia hay un articulo que dice que los profesores de la CPM de EBR pueden laborar hasta 30 horas pedagógicas siempre y cuando la distribución de horas lo permita.¿Eso implica un pago adicional por esas 6 horas dictadas?.
Asimismo, sabe usted si existirá una norma o estaran elaborando una especifica para los colegios EMBLEMÁTICOS.
Gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz Luis. Si hay un pago adicional pero diferneciado en función del régimen. A los profesores de la Ley del Profesorado les pagan una misería; a los de la Ley de Carrera son 49.83 soles por hora semanal mensual. No se ha previsto normas especiales en el caso de los colegios emblemáticos; solo lo poco que aparece en la directiva del año escolar que es muy general. Saludos.

felix

27.01.10

Hugo:

Viendo la necesidad de que mi instituciòn cuente con un sistema de gestión de recursos materiales, el mismo que nos permita optimizar el soporte físico de la misma, un gupo de colegas hemos creído conveniente elaborar una propuesta, como paso inicial de nuestro propósito, razon por la cual solicito a ud. material que nos pueda servir para materializar nuestro cometido, ademàs del marco normativo sirva como sustento legal.
Gracias anticipadas

RESPUESTA de Hugo Díaz Félix. La referencia son las funciones que la Ley y el Reglamento de gesti{on les asignan a las IEs. El resto debe ser creado por ustedes en función de su realidad concreta y considerar las normas pertinentes en el reglamento interno. La verdad que sobre eso no conozco material escrito que le pueda enviar. Es un tema bastante amplio pues cubre servicios de biblioteca, materiales de apoyo a estudiantes y profesores, organización de ambientes, horarios, etc. Quizá si en el buscador Google busca algo así como gestion de recursos didácticos en las escuelas pueda encontrar algo que le interese. Saludos.

Betty

27.01.10

Buenas tardes Señor Hugo Díaz
Gracias de antemano por su respuesta
Primero una curiosidad que significa exactamente eso de "considerando su orden de prelación y prioridad" para los profesores con dos especialidades...
luego quisiera que me aclare... acaso los profesores que ingresaron a la nueva ley de la CPM no llevarán obligatoriamente 30 horas??? los sueldos que el gobierno publicitaba para convencer a los profesores era por las 30 horas... significa entonces que los que no tengan las 30 horas completas no ganarán lo que ofreció el gobierno???
y por último.... es tan difícil hacer una norma de este tipo para el Ministerio y darla a conocer por lo menos antes que termine el año... mis colegas ya estaban trabajando el cuadro de horas y ahora deben comenzar de nuevo... aunque no hay mayor cambio igual me parece otra desorganización más del ministerio
Gracias

RESPUESTA de Hugo Díaz Betty. Empecemos por lo último que expresa. No es difícil tener la norma antes de fin de año; hay descuido e irresponsabilidad en funcionarios del Ministerio. En cuanto a prelación y prioridad. Lo que significan es que los criterios van siendo exlluyentes a medida que se analizan según cada profesor; por ejemplo, si un profesor tiene 4to nivel y otro tercer, prima el que tiene el 4to nivel y allí se defnió el tama. Si ambios tienen el mismo nivel magisterial se va por los años de servicios oficiales como docente. Si siguen empatados, entonces se toma los años de servicios como docente en la IE. El primer criterio determina si se toma el segundo y así sucesivamente. Respecto de la jornada de trabajo para un docente de secundaria, se estableció el año pasado que era de 24 horas pedagógicas Saludos.

jose

27.01.10

Sr estimado hugo soy integrante del cuadro de horas de mi institucion y quiero saber si un profesor queda en excedencia si solo se le asigna 12 horas en su especialidad y las otras 12 la completa con ingles ept. es importante su rpta gracias

RESPUESTA de Hugo Díaz José. Si el profesor tiene calificación para enseñar inglés (segunda especialidad u otro estudio que lo califique) puede encargarse del área. Saludos.

Eleazar

27.01.10

Buenas noches señor Hugo:
Me disculpará usted, pero definitivamente que estamos empezando con mal pie, el ministerio de educación no se toma el tiempo para reflexionar en nada, me parece ilógico y una falta de descuido tremendo que un profesor del I nivel recién nombrado se vea perjudicado, tal como le mencionó un docente a su blog por no emitir una directiva cabal y lógica. Son innumerables las deficiencias que se están presentando, como normas a destiempo, cambiando unas a otras, modificando otras, ¿qué nos espera el resto del año?.
Por enésima vez, ojalá se aprenda de estos inconvenientes.

RESPUESTA de Hugo Díaz Eleazar. Cierto. Si se tuviera que ser abogado defensor del MED en un juicio por todas las irregularidades sería muy difícil defenderlo. Hay una ineficiencia de la gestión muy grande. Ahora en la web del MED anuncian que la directiva la consultarán con los directores regionales en la reunión que empezó hoy y culmina el viernes . Saludos.

rosa loyola

28.01.10

Quisiera saber si una profesora de religión nombrada hace más de 20 años y que por el proceso de racionalización este año sólo cuenta con 16 horas , con la nueva directiva puede completar sus horas en la misma Institución educativa si ella tiene con otro título pedagógico de filosofía y ciencias sociales?;
pues su directora le ha dicho que no puede por ser nombrada en religión.
Gracias por su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz Rosa. La directiva sobre el cuadro de horas señala que si valen ambos títulos y segundas epecialidades para desempeñarse en otra área. Si podría. Dígale a la directora que lea la directiva de distribución del cuadro de horas 2010 que está al final del artículo que usted ha leído. Haga un click en el archivo y puede bajarla Saludos.

eli

28.01.10

Muy buenos dias Doctor Hugo
mi consulta es que ya se inicio las inscripciones para los estudios del PRONAFCAP 2010 y los requisitos es haber dado la evaluacion censal 2007 y 2008 en mi caso soy sudirectora del nivel primaria a mi no me permitieron dar la evaluacion censal por estar con el cargo de subdireccion , pero yo siento que necesito hacer los estudios de PRONAFCAP 2010
para poder trabajar con los docentes de mi I.E y de esa manera mejorar la calidad educativa
de los niños y niñas.
Doctor yo di la primera evaluación para el ingreso a la carrera pública magisterial y mi nota fue mas de catorce y esto debe constar en los archivos del MED esta nota me ayudaría para que pueda inscribirme en PRONANCAP 2010.
GRACIAS POR LAS RESPUESTAS Y QUE DIOS LE BENDIGA.

RESPUESTA de Hugo Díaz Eli. En efecto las normas ponen el requisito que usted señala. El problema con ekl PRONAFCAP es que no cubre al 100% de profesores sino a un 10% y deben priorizar. Sin embargo usted tiene razón. Creo que hay que calificar a los docentes que puedan hacer un efecto multiplicador en el colegio y eso es lo que podría suceder con usted. Esperemos que durante el año se produzca una convocatoria para personal directivo ne la que pueda beneficiarse. Trataré de averiguar. Saludos

Ricardo

28.01.10

Reciba un saludo cordial y gracias por su respuesta referente al tiempo de servicios oficiales:
Lamentablemente el Ministerio debería decir explicitamente otros detalles más importantes. Habemos profesores que nunca faltamos ni hacemos uso de nuestros 3 dias de permisos al año sin embargo en mi I.E. existen docentes que se van de licencia por motivos personales un mes o dos meses CADA AÑO dejando a los alumnos y si embargo siguen teniendo prioridad en el cuadro de horas. UN ejemplo concreto:
Yo ME NOMBRE en 1998, II nivel nunca pedi licencias y tendre en todo mi record laboral 5 faltas. Mi otro colega SE NOMBRÓ en 1996, II nivel pero en todos estos años que laboro CADA AÑO solicita licencia 2 meses, 1 mes, 3 meses, una semana, etc SIN EMBARGO SIEMPRE TIENE PRIORIDAD EN EL CUADRO DE HORAS por haberse nombrado antes que yo, de hecho es MAS ANTIGUO que yo.
¿ES CORRECTA ESTA SITUACIÒN DE ACUERDO A LA PRESENTE DIRECTIVA DE CUADRO DE HORAS?

Debería acumularse hasta incluso las licencias por un día, dos días, 15 días desde que nos nombramos para ganar derechos en el cuadro de horas. Es injusto.


RESPUESTA de Hugo Díaz.
Tiene usted toda la razón. Además, el espíritu de la CPM es valoraa el.mérito, no la antiguedad. Saludos.


Rutty Samaniego

28.01.10

Buenos dias Sr. Hugo, de antemano gracias por su respuesta.
En la norma menciona que el tiempo de servicios oficiales no tiene en cuenta los años como contratado, pero yo solicité mi acumulación de tiempo de servicio en la UGEL y me reconocieron los dos años que trabajé como contratada.

Me nombré como docente en el 2001 pero hice las gestiones ante la ugel que se me reconozca mis dos años de contrato del año 1995 y 1996 y me reconocieron. Actualmente mi tiempo de servicios en mi escalafon sale como 10 años y 5 meses. Tengo prioridad con respecto a otros docentes que se nombraron el 2000 o 1999?
Muchas gracias por su rspuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Rutty.. La norma también dice que los años de contratom sirven para efectos de la jubilacion, mas no para la preferencia en la distribiución de horas de clase. Saludos.

Nardo

28.01.10

Maestro Hugo Díaz: Esto de la distibución de horas en que prime el nivel, tiempo de servicios o permanencia en la I.E. me parece que debe de cambiar para los próximos años. Para mi criterio sería bueno escuchar a los alumnos y a los padres de familia porque ellos conocen mejor a sus maestros o maestras.
Por otra parte, en mi I.E., para nada se respeta la directiva y esto es problema de todos los años. El principal criterio es que cada docente tenga sus 24 horas y listo. A un docente de Ciencias Sociales le dan horas de Inglés, a uno de Comunicación le dan horas de Arte, a otros les dan horas de Tutoria, etc. ojo sin que estos docentes tengan ningún tipo de estudios adicionales a sus estudios pedagógicos. El año pasado hubo un descontento de los alumnos, pero a ellos nadie los escucha. Los papás no dicen nada quizás por temor a represalias. Una profesora, al inicio del curso el año pasado, anecdóticamente, a sus alumnos les había dicho que ella no era profesora de Inglés y "que juntos vamos aprender".

RESPUESTA de Hugo Díaz. Nardo..Cierto, hay que mejorar esa directiva basada en extremo en la antiguedad Saludos.

juan francisco

28.01.10

Saludos cordialisimos de Arequipa doctor:
gracias`por sus aportes:
La consulta:
"El tiempo de servicios oficiales no tiene en cuenta los años como contratado, como auxiliar de educación, como profesor en la educación privada ni como personal con cargo administrativo."esta norma es nueva o siempre estuvo vigente? pues en mi colegio una señora de 20 años de servicio como auxiliar accedio a la docencia en el 2007 y me adelanto en el ranking yo con 18 años de servicio como profesora pues siempre lo fui estuvo esto correcto.
gracias

RESPUESTA de Hugo Díaz Juan Francisco. Está presente desde que se reglamento la Ley de CPM y se iniciaron los concursos para incorporarse a la misma. Los años como contratado o auxilair valen para efectos de la jubilación; no para pertenecer a un nivel magisterial y para efectos de la distribución del cuadro de horas. Por lo que usted narra no ha estado aplicada bien esa norma. Saludos

ARTURO QUIJADA ALDANA

28.01.10

Buenos tardes maestro Hugo Diaz, bueno al igual que muchos docentes que no han alcanzado el nombramiento porque solo me saque de nota 15.60 pero los demas comprando claves sacaron hasta 19 y en la fase final me ganaron. y ahora estoy preocupado porque con eso de que la contrata este año sera de acuerdo a la nota del 15 de noviembre pues igual los que sacaron 18 y 19 comprando las claves aqui en HUANCAYO - JUNIN seguiran siendo favorecidos en las CONTRATAS ya que aunque no tengan años de experiencia se les dara trabajo, bueno opino que CADA REGION DEBE TOMAR UN NUEVO EXAMEN DE ACUERDO A SU REALIDAD AQUI EN JUNIN ESTAN PRESENTANDO LOS DE LA DIRECCION REGIONAL UN NUEVO DISEÑO CURRICULAR REGIONAL, mi consulta es la siguiente:
Creo que estos dias estan reunidos en Huampani los funcionarios del MED y de la regiones, cree Ud. que ahi definiran una nueva directiva de contrata para el 2010?
¿nos diran en todo caso a que UGEL o region podremos presentar nuestro expediente? ¿tal vez a la UGEL donde te presentastes en la primera y segunda fase del nombramiento? ¿o tal vez a nivel nacional?
¿es decir ya no vale haber trabajado varios años como nos pidieron en el concurso de nombramiento tan solo la nota? ¿nos pediran como en otros años la contancia de desempeño laboral? digo esto porque en mi caso mi director que trabaje el 2009 me dio un desempeño muy bajo porque no simpatize con el ya que el dice que siempre traia su gente y con eso de que les quito la autonomia o la mamadera ya ellos no podian negociar las plazas y por lo tanto a muchos que entramos a una contrata por el examen nos miraron mal los directores que nogociaban y ademas no estaban de acuerdo con la nueva ley pero mas es porque ya en el 2009 año no pudieron negociar las plazas de sus colegios.
mi ultima consulta doctor es
si dicen que sera el contrato de acuerdo a la nota del 15 de nov. entonces ¿por que ya no se habre el link de resultados de la prueba clasificatoria en la pagina web del MINEDU?.
Estuve todo el dia intentando abrir ese vinculo o link para imprimir de nuevo mi nota y no se abre.
cuando saldra los resultados de la reuniòn den Huampany la directiva final de contrata?
GRACIAS POR LA RESPUESTAS ACERTADAS QUE SIEMPRE NOS HA BRINDADO DOCTOR HUGO.

RESPUESTA de Hugo Díaz Arturo. Me hace preguntas muchas de las cuales no puedo responder puyes no soy funcionario del MED ni tampoco el proceso de contratación está totalmente definido, Como dice usted, uno de los temas de la reunión con los regionales es los contratos docentes. Tendrán que conversar y llegar a un acuerdo. Todo por ahora es extraoficial. Se espera que los primeros días de la siguiente semana salga la directiva; allí se aclararán muchas cosas. Saludos.

Anita Paz

28.01.10

Buenas noches, quiero hacer una consulta: En mi institución educativa somos 2 profesoras de sociales , estamos en el mismo nivel magisterial I , pero ella tiene más años de servicio que yo, mi título dice Ciencias históricos sociales y el de ella dice Historia y geografía. Mi pregunta es como debemos distribuirnos los cursos , de acuerdo al título o por antigüedad.

RESPUESTA de Hugo Díaz Anita. Ambos por la especialidad pueden dictar en el área. El segundo criterio a utilizar es el de años de servicio oficiales como docente titulado, y el tercero, años de servicio trabajando en la escuela. Saludos.

LUZ OLIVARES CARRERA

28.01.10

gracias por la respuesta doctor Hugo
soy nombra en un CETPRO y por ello no me permitieron dar el examen censal, quisiera saber cuando y como inscribirme en el pronacaf.
dios le bendiga Luz.

RESPUESTA de Hugo Díaz Luz. El comunicado que ha emitido el MED señala que el PRONAFCAP es solo para docentes de educación básica regular. Saludos.

LUZ OLIVARES CARRERA

28.01.10

BUENAS NOCHES DOCTOR HUGO
MI ENQUIETUD ES LA SIGUIENTE
TRABAJE MUCHO TIEMPO EN EL NIVEL SECUNDARIA AHORA ESTOY NOMBRADA EN CETPRO Y POR ELLO NO ME PERMITIERON DAR EL EXAMEN CENSAL Y AHORA NO PUEDO PARTICIPAR DEL PRONACAF, COMO HARIA? EN EL MOMENTO ME ENCUENTRO COMO ESPECIALISTA DE EDUCACION PARA EL TRABAJO
GRACIAS POR SU RESPUESTA DIOS LE BENDIGA

RESPUESTA de Hugo Díaz Luz. Como le indiqué en anterior respuesta, el PRONAFCAP no contempla la capacitación de profesores de los CETPROS. Saludos.

Rafael

29.01.10

Sr. Hugo:
Cordiales saludos, y ante todo las gracias por informarnos y responder a nuestras inquietudes. Espero que se cumpla y aplique bien esta directiva para la distribucion del cuadro de horas, porque se ve, que algunos docentes, quienes se encargan de elaborar los horarios, los hacen acomodando sus horas en la menor cantidad posible de dias, pero esto a costa de los contratados a quienes se les distribuyen pocas horas en varios dias y con muchos puentes. desconozco si esto esta bien legalmente o no, pero genera malestares.
Bueno, mi consulta es sobre algo aparte, es sobre el PRONAFCAP, he visto en la pagina web del Minedu que piden inscribirse para esta capacitación a quienes no la recibieron, tambien he visto en el diario oficial "El Peruano" con fecha 22, que han firmado un convencio con OEI para encargarle la administración de la capacitación en inglés para los profesores de esta area de IE publicas, siendo yo un docente de esta area, y siempre con el afán de mantenerme actualizado respecto a la enseñanza de inglés, pero habiendo recibido la capacitación del Pronafcap en el año 2007, en provincia ¿seria posible acceder a esta capacitación al menos en lo que respecta al área?
Reitero las gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz Rafael. Tendría que hacer la consulta directamente al Ministerio. El comunicado es muy general. Quizá si se comunica con los responsables del programa en el MED. Saludos.

Marco Garcia

29.01.10

Hola Hugo;

Mis honores para alguien que se preocupa por los docentes en particular.
En cuanto a la directiva en cuestion es casi la misma que la del año pasado.
Una aclaracion, una directiva interpreta o detalla las leyes y reglamentos, mas no los cambia ni tergiversa; es decir, cada año trata de ser mas detallista. Una directiva aprobada por resolucion jefatural no puede contravenir contra un decreto ley , decreto supremo, menos una ley.
Que sucede, esta ultima directiva es mas detallista en cuanto a acciones que se deba tomar en mejora de la atencion de los estudiantes.
Existen directores y comisiones tan poco preparados para interpretar las normas que cometen injusticias por lo que sale esta directiva aclarando lo que ya esta en leyes y reglamentos.
Un ejemplo: Hay directores que interpretan que tiempo de servicio en general es lo mismo que en docencia (lo de auxiliar es lo mismo que docente), no es asi desde la ley del profesorado pero que pasa, se hizo tantas injusticias por no saber interpretar las normas superiores a una directiva que escuetamente decia: a igualdad de nivel, tiempo de servicio.
Lo que si resulta un problema es que en caso de instituciones de ex variante tecnica, no se encuadrado a la nueva ley de educacion en que todas las instituciones son iguales sin ninguna disticion, se siguieron haciendo reasignaciones con simples certificados de estudios de alguna opcion tecnica, y ahora se le ocurre pedir por su titulo y trate de desplazar a uno. Simple, racionalizacion y el que vino ultimo pierde. Esperamos que otra vez la poca preparacion de los directores y los que integran las comisiones les falte capacidad de interpretar las normas superiores.

RESPUESTA de Hugo Díaz Marco. Interesantes sus comentarios que los considero acertados. En efecto, la norma es más detallista, aún así requiere algunos perfeccionamientos y salir más oportunamente. El tratamiento del área técnica es una de las cosas que habría que mejorar. Saludos.

Manuel

29.01.10

Saludos Sr. Hugo Díaz y gracias por su respuesta. La verdad que la directiva 004-2010-ED sale a destiempo (22 de enero 2010), a estas alturas ya casi todos las IE han distribuidos las horas de clase a los docentes y con los cambios que aparecen tendran que redistribuirlas a inicios de marzo. En mi IE nivel secundaria se distribuyeron las horas de clase a fines de diciembre considerando 6 secciones de primer grado, sin embargo hasta el momento solo llevan 22 alumnos matriculados. Esto es lamentable. Si no se logran las metas de atención 2010 se perderían 4 o 5 secciones y habrian entre 6 o 7 profesores excedentes.
Lo dificil es saber quienes serian los excedentes, teniendo en cuenta la R.M. 101-2009-ED y la directiva 004-2010-ED, ya que ambas normas no son excluyentes. Es por tanto la siguiente consulta.
Quienes son los excedentes: los que quedaron sin horas de clase por tener el menor nivel magisterial. Es a ellos a quienes se aplicaría la R.M. 101 o es que todos los docentes, según su especialidad, seran evaluados para conocer quienes son los excedentes.

RESPUESTA de Hugo Díaz Manuel. En efecto; esta directiva ha salido muy tarde. En cuanto a la determinación de los escedentes, lo primero a tener claro es cuantos alumnos y secciones van a tener; luego aplicar los criterios que aparecen en la RM 101 y loa de la nueva directiva, que aunque pocos, tiene algunos cambios importantes, sobre todo en cuanto a quienes pueden encargarse de un área de formación. Saludos.

sandro arias

29.01.10

Señor Hugo muchas gracias por su futura respuesta, de antemano veo q es usted un hombre muy dedicado a los intereses de los profes quiero q me saque usted de una duda las décimas correspondientes al mes de enero y febrero de un profesor contratado se recibe un sueldo mas cada mes le pregunto esto por q hay un planillero aqui en huaraz q dice solo vamos a recibir el 90 por ciento del sueldo normal cada mes quiero que me aclare esto por favor y sobre la escolaridad tambien recibimos los contratados? muchas graciaS POR SU RESPUESTA

RESPUESTA de Hugo Díaz Sandro. La escoilaridad está en función de las avas partes trabajadas. De acuedo a las normas su haber de contradado está sujeto a descuentos de ley que equivalen al 10%, por ello recibe el 90%. Saludos.

Sandra

30.01.10

Buenos Dias Sr. Hugo Diaz.
Mi inquietud es la siguiente : ¿me correspondera la encargatura de la dirección en el nivel inicial si tengo II Nivel Magisterial 7 años de contrato y 8 de nombrada en la misma I.E.I.y Grado de Maestria, "Gestion Educativa" pues la Ugel a encargado la dirección a una profesora con III nivel ,12 años de servicio y estudios de profesionalizacion para sacar el titulo y estudio en pronafcap -2008.
Doctor indiqueme cuales son los criterios que se consideran para la encargatura de la direccion en las ugeles o varias en ugeles
¿Porque para algunos tramites te consideran tu maestria y para otros no.

RESPUESTA de Hugo Díaz Sandra. El Reglamento de la Ley de CPM dice que a igualdad de t{itulos y especialidades tiene preferencia el profesor con mas alto nivel magisterial. Las diferencias respecto de como se obtuvo el titulo no estan contempladas. Saludos

maria

30.01.10

Marilin.
Buenos Dias Sr. Hugo saludos y mi consulta es porque continuan en las I.E.Iniciales de la provincia de Virú encargandose por años las direcciones en los jardines cuando estas ya deben cubrirse por concurso o reasignacion, demasiada burocracia encargando a quien crean ellos conveniente, en una ugel casi recien creada.Pues en el año 2009 han pasado 3 directores de ugeles y demasiados trabajadores. Un dia los vemos y al siguiente dia ya no.

RESPUESTA de Hugo Díaz María. El reglamento de la Ley de CPM define el mecanismos de encargatura y el el nivel magisterial el que se constituye el factor principal previo tener el título que corresponde al nivel educativo. Saludos

gracias

Magali

30.01.10

Buenos Dias Dr. Hugo
Quiero referirme acerca de los especialistas en la Ugel-Virú pues no hemos visto o escuchado alguna convocatoria para concurso en el cargo de especialista de: inicial-primaria-secundaria pues se lo encargan a quien ellos quieran.
¿Que está pasando en la Ugel de Virú.
Respondame si eso es factible. y que deberiamos hacer los maestros de la provincia.


RESPUESTA de Hugo Díaz
Magali. La transperencia es lo que se debe acostumbrar; por lo menos anuncios previos sobre esa convocatoria y el cumplimiento de las normas que hay al respecto. El reglamento de la Ley de CPM fija las reglas para encargos. Saludos


Virú

Daniel

30.01.10

Profesor Hugo Diaz:
Soy profesor de educación primaria, trabajo en la zona rural en una I.E. de tipo multigrado, segun la ley general de educaciòn el PEI se elabora a traves de la red educativa.
Pero en la realidad eso no se cumple porque las clases comienzan a destiempo y la casi totalidad de profesores son contratados, por esos motivos no hay coherencia para elaborar el PEI, cada profesor trabaja segun su criterio.
Mi pregunta es si mi I.E. no cuenta con PEI ¿Cómo tratar el DCN?
Gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz Daniel. Una cosa es el proyecto educativo institucional y otra la programación curricular. Lo que tiene que asegurar es la programación curricular . Saludos

Marilu

31.01.10

Saludos profesor Hugo Diaz:
Agradeciendo de antemano su respuesta. Estoy de acuerdo con la mayoría de los que han enviado sus mensajes sobre que la directiva 004-2010-ED ha salido a destiempo (22 de enero 2010). Como todos los años, la Comisión de Cuadro de Horas se suele nombrar en diciembre, y a estas alturas ya casi todas las IE han distribuido las horas de clase a los docentes de secundaria y tienen los documentos listos para enviarlos a la UGEL respectiva. Pero bueno, debido a esta desorganización me imagino que se tendrán que realizar las correcciones respectivas. Mi primera pregunta tiene que ver con los docentes incorporados a la CPM y que deseen completar su carga horaria de 30 horas ¿es posible eso y será remunerado como lo indica la mencionada ley?, la segunda es más específica, como docente de AIP (aula de innovación) cumpló una jornada de 24 horas (incluyendo un día libre) pero me agradaría saber si se ha contemplado que nosotros podamos completar la jornada de 30 horas mejorando de esa manera el servicio educativo que brindamos y además favoreciendo nuestra economía. En caso de no estar considerado me agradaría que usted realice las consultas respectivas en el MED.
Mil Gracias por su acertada respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz Marilú. La directiva se orienta más a la educacion secundaria, regular o de adultos. Los profesores de primaria y de inicial tienen aseguradas sus 30 y 24 horas. Los de secundaria deben alcanzar una jornada de 24 horas que podrían ser extensibles hasta 30 horas si hay secciones y disponibilidad presupuestaria. Lo mismo es el en caso de quienes están en aulas de innovación. La directiva no hace diferencia de profesores; por tanto se cumple para todas las áreas de formación- Saludos.

Rogelio Guerra

31.01.10

Dr. Diaz:
EStuve leyendo algunos comentarios de este provechoso blog y en mi I.E.se presenta el siguiente caso:
En la directiva menciona "tiempos oficiales como docente nombrado",¿Lo que se tienen cuenta es la fecha de la Resolución de nombramiento como docente para efectos de antiguedad?... ¿No se tiene en cuenta las licencias solicitadas para efectos de descuento de tiempo y estimación real de tiempo de servicios? Aclareme esa duda, por favor.
Agradecidamente, me despido de usted.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Rogelio. El tiempo de servicios oficiales se considera en la carrera; es decir, desde que usted se incoporporó a un nivel de la carrera del profesorado o magisterial. En cuanto a las licencias, las hay dos: las oficiales que se dan por razón del servicio y las que puede pedir un profesor por voluntad propia para dedicarse a otra cosa. Estas últimas no cuentan. Saludos.

Rossy

01.02.10

Saludos cordiales Doctor Hugo
mi consulta es que ya se inicio las inscripciones para los estudios del PRONAFCAP 2010 y los requisitos es haber dado la evaluacion censal 2007 y 2008 en mi estado trabajando como profesora contratada desde el 2008 a la actualidad y no pude dar el examen censal, pero creo que debería recibir la capacitación del para brindar una mejor educación a mis alumnos PRONAFCAP 2010
Me parece injusto no poder recibir la capacitación sabiendo que incluso varios nombrados no han dado examen censal y no tienen acceso a esta capacitación. Debería haber una solución para nosotros, podemo dar el examen censal en todo caso
GRACIAS POR LAS RESPUESTAS

RESPUESTA de Hugo Díaz Rossy. Su mensaje es parecido al de algunos docentes que desean capacitarse y que por las normas no pueden hacerlo. Voy a tratar el tema con el MED en estos días para ver si ellos pueden trabajar una salida. Saludos.


Edith

02.02.10

Doctor HUGO DIAZ:
Me auno al pedido de los docentes que trabajaron como contratados el 2008 y/o 2009 para que nos admitan y podamos prepararnos en el PRONAFCAP.
Personalmente he trabajado el 2008 en una I.E. publica y en la I.E.donde laboraba,los nombrados asistian al curso de PRONAFCAP,la primera vez que fue el capacitador el director de la I.E. nos invito a todos,nombrados y contratados,pero el capacitador al tomar lista,nos hizo saber "democraticamente" que solo eran para los nombrados y los que habian dado la evaluacion censal...ya no asistimos las demas clases.Habia sacado mi titulo de profesora el año anterior, a pesar de haber trabajado en I.E privadas.
El MED dice profesores preparados....y no nos dejan prepararnos en el PRONAFCAP...cuando hay profesores nombrados que no tienen interes en dar su evaluacion censal ...porque dicen le falta 3,4 o 5 años para jubilarse como he tenido oportunidad de escuchar.
Soy de las personas que cree que solo no se debe pedir,crear problemas...sino tambien,DAR SOLUCIONES.Ahi va la mia:
Una solucion seria que para los contratados del 2008 y/o 2009 se valide la nota de nombramiento 2009 como evaluacion censal y se nos admita para prepararnos en el PRONAFCAP.

Gracias,por permitirnos expresar nuestras opiniones.Estamos esperando la directiva del contrato que sale hoy......



RESPUESTA de Hugo Díaz.
Edith..GRacias por sus sugerencias que me parecen justas. Quedé en remitir esa sugerencia al MInisterio y lo estoy haciendo. En cuanto a la directiva, la estoy esperando. He ingresado a la 1 de la tarde pero todavíoa no está colgada. Saludos.


César

02.02.10

Doc Hugo mis felicitaciones.
Mi IE tiene ex variante técnicas: La consulta es según DCN en el 1 y 2 grados deben realizar la Iniciación Laboral asimismo en esta directiva autoriza realizar desdobles en que medida se podría realizar estos desdobles para el cumplimiento de la iniciación laboral y garantizar un buen trabajo pedagógico.
En primer grado tenemos 5 secciones
En segundo grado 5 secciones.
Las especialidades que desarrollamos son seis:
Mecánica Automotriz, Industria del vestido, Mecánica de Producción, computación, Industria del vestido y Agrindustria.
Quisiera una sugerencia al respecto.
Algo más quisiera su opinión sobre las ambiguedades de esta directiva porque dice para comunicación de libre disponibilidad entre 2 y 3 grado 3 de las HLD y 3 para EPT(ex variante técnicas) y que son de las distintas áreas como CTa Inglés y las demas sin embargo claro que recomienda la norma pero con la magnitud de problemas mi institución educativa nos ocasiona mas problemas en mi IE tenemos administrando 1995 hrs y 55 secciones considero que esa norma no es precisa toda ves aqui en mi IE los docentes de las distintas áreas no quieren ceder entonces ????? claro para hacer uso de esta HLD se debe hacer un diagnóstico y plasmado en el PEI.

RESPUESTA de Hugo Díaz César. Plantea temas muy difíciles de resolver justamente por lo que usted comenta en su último párrafo. Las horas de libre disponibilidad están reducidas entre 2do y 4to.grado, además que prácticamente las horas para los centros que eran de variante técnica están prácticamente impuestas dejando estrecho margen para que los centros puedan decidir como organziarse. Su mensaje lo enviaré al MED para ver que opinan sobre una solución Saludos.

SUAQUITA CASTILLO, Alex

02.02.10

Apreciado Hugo:
DENUNCIA URGENTE
La DRE Puno ha emitido la DIRECTIVA Nº 003-2010-ME-DREP-OAD-EAP, que convoca a un proceso de reasignaciones en el que se EXCLUYE a los profesores incorporados a la la LCPM (24029) en su segunda disposición final y transitoria señala: "10.2.- La presente Diretiva no tiene alcance al profesorado incorporado a la carrera pública magisterial, en observancia de lo establecido en el D.S 003-2008-ED, Reglamento de la Ley Nº 29062".
Recurro a Ud. para que me ponga en contacto directo (teléfono) con algún funcionario del MINEDU que tenga la capacidad de detener este abuso y actitud arbitraria de esta dirección regional, que sin duda intenta dejar de lado a quienes apostamos por ingresar a esta NLCPM.
La prisa y urgencia obedece a que el plazo establecido para la presentación de expedientes culmina el 08 de febrero.
Agradecido por su colaboración.

RESPUESTA de Hugo Díaz Suaquita. Quizá podría comunicarse con la dra. María Esther Cuadros. Su e mail es mcuadros@minedu.gob.pe. Saludos.

freddy gomez

02.02.10

Muy calurosos saludos para UD Dr. Hugo:
Mis consulta es la siguiente. En mi especialidad CTA ocupo el ultimo lugar tengo II nivel Soy nombrado en Biologia quimica. Tambien soy egresado en la carrera tecnica de Computacion e informatica. En CTA sobran 20 horas y en EPT hay una plaza completa. Mi pregunta es ¿puedo yo tomar las horas de EPT en mi colegio? Respondame por favor. Le agradezco anticipademente. Saludos

RESPUESTA de Hugo Díaz Freddy. Reune los requisitos. Lo que puede es tomar horas por su jornada de 24 horas y hacerlas extensibles hasta un maximo de 30 horas, siempre y cuando no tenga usted otros profesores competidores que le superen en nivel magisterial. Saludos.

jose ltuve

02.02.10

Dr Hugo Diaz:
Muchas gracias por poner este tipo de espacios que nos ayudan a nosotros los docentes a orientarnos un poco mas en nuestra labor educativa. Mi inquietud es la siguiente: Soy profesor de EPT en mi colegio Cuento con titulo pedagogico en computacion e informatica y estudios en ingenieria de sistemas. Tengo 8 años y cuento con II nivel. La nueva directora, con la anuencia de los demas colegas, desde hace 2 años me viene proponiendo ante la ugel para asumir el aula de innovacion pedagogica. Actualmente viene ejerciendo ese cargo una profesora de historia ya desde hace 5 años que tiene conocimientos muy elementales en computacion peor en tics lo que ha generado un malestar en la comunidad docente. Pero la Ugel ha rechazado la propuesta de la directora aduciendo que solo la profesora puede asumir ese cargo ya que cuenta con resolucion de encargatura al haber quedado excedente en su colegio hace 5 años. Que se puede hacer ya que esto tambien perjudica al alumno y al colegio en general. Porque no hay un concurso en donde por merito y estudio se asuma ese cargo.

RESPUESTA de Hugo Díaz José. La prioridad le asignan a la encargatura. Pero en realidad tiene razón, es mejor para EPT tener una persona que tenga formación en el área como es su caso. Veré de apoyar para que las directivas al respecto sean más claras. Saludos.

Yesenia

02.02.10

Saludos cordiales Dr. Diaz:

Sinceramente, la desazón que produce cada norma emitida por el MED a destiempo a veces contraponiéndose ellos mismos es muy grande.

Respecto a la distribución del cuadro de horas quería hacerle una consulta toda vez que parece que las normas se interpretan multimodalmente.

En mi I.E. las horas de las áreas de Matemática y C.T.A. se distribuyeron con previo acuerdo de los docentes y el comité de cuadro de horas de tal manera que en el área de C.T.A. donde existen dos profesoras se distribuyeron equitativamente las horas pero en en ambos casos completaron sus horas con otras áreas.

Con esta nueva directiva nos dice el sub director que esa distribución no es válida que se deben distribuir primero 24 horas de especialidad según el orden de prelación de tal manera que quedarían una docente excendente.

Quisiera preguntarle Dr. Díaz si lo que manifiesta nuestro sub director es definitivo o puede funcionar la figura que le manifesté acordamos en Asamblea de mi I.E.?

RESPUESTA de Hugo Díaz Yesenia. La directiva hace referencia que la distribución se hace con participación del personal docente. Siempre y cuando se respeten las lineas básicas de la norma ustedes deben ser escuchados. Saludos.


miguel

02.02.10

Dr. Hugo:
Soy docente del área de C,T,A y cada vez veo en los lineamientos de la política curricular del ministerio, improvisación y desorganización, por ejemplo el área de C.T.A. que tiene que ver mucho con la preservación y conservación del medio ambiente, con el conocimiento de nuestro cuerpo y el de los demás seres vivos, los factores ambientales, etc. se nos corta cada vez las horas, antes que se incrementen para poder formar a los alumnos con una base científica y tecnológica de acorde al desarrollo de la sociedad actual.
Mi comentario busca una respuesta suya y del Ministerio de Educación
Gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz Miguel. Yo coincido con usted. La distribución de la carga horaria merece una revisión total. Perjudica no solo CTA; tambien matemáticas y Educación para el Trabajo. No obstante, dudio que este gobierno cambién su actual estructura. hay que ir pensando en la nueva administración. Saludos.

Edgar

03.02.10

Saludos dr. Hugo
Yo me nombre en nivel primario pero segui una segunda especialización en Informatica educativa, me reasigne a un colegio secundario con la segunda especialidad y ya trabajo hace 4 años en dicho colegio, al hacer el CAP para distribución de horas no cuentan mi tiempo de servicio desde mi nombramiento, solo desde que trabaje en secundaria, no me parece justo pero quiero saber si esto esta mal o no.
Por otro lado aprovechare el momento para hacerle otra consulta, ante incluso de seguir la segunda especialidad consulte a los funcionarios de la direccion de educación y de la UGEL si la 2da esp me serviria para reasignarme y me indicaron que si, asi fue me reasigne con la segunada especialidad como ya le comente de primaria a secundaria, pero ahora que quiero reasignarme de mi actual colegio que queda en provincia hasta la ciudad donde vive mi familia me han rechazado por dos años mi expediente pues alegan que no puedo reasignarme con la segunada especialidad, pues solo hay segunda especialidad en secundaria y mi titulo es de primaria, por favor digame que hacer ya en su momento acudi a un abogado pero el tambien dijo que no se podia y dejo el caso, quien tiene la razon, yo por mi parte estoy siguiendo un curso de Titulacion como profesor de Computacion e Informatica.
quedo muy agradecido por su respuesta

RESPUESTA de Hugo Díaz Edgar. La directivo dice que cuentan los años de servicio en general como profesor titulado sin hacer distibción de si lo hizo en primaria o secundaria; por tanto le valen si ha tenido en ese tiempo el título pedagógico. En cuanto a lo segundo; por un lado hay un tema asociado al tiempo que tiene como reasignado al colegio secundaria donde está; hay un minimo de tres años que debe permanecer allí. Lo segundo es que el título pedagógico en el nivel es fundamental. La segunda especialidad puede ser para luegohoras en la especialidad seguida. Saludos

bruss

03.02.10

Reciba cordiales saludos Dr. Hugo.
Agradezco de antemano la respuesta.
Dr. quien le escribe es docente nombrado; y en el mes de diciembre he sido nominado para integrar el Consejo Académico para el año 2010 en el área de letras. Mi jornada laboral es de 24 horas. Mi inquietud es saber si por el cargo que me han asignado me sigue correspondiendo el dictado de las 24 horas de mi jornada laboral o sólo 12 horas, como es el caso de las asesorías. Hago mención que en la I.E. que laboro no hay personal jerárquico.
Gracias por la atención prestada.

RESPUESTA de Hugo Díaz Bruss. Las normas de distribución del cuadro de horas se refieren al personal coordinador y jerárquico no a un profesor que integra el comité académico. Saludos

Lucio Ricardo Melgar

03.02.10

Agradeciendo el servicio que realiza en bien de tantos docentes. De darse pronto la Directiva para contratos en la cual los docentes de CETPROS tienen que dar una prueba, ¿No sera demasiado tarde? Porque no basta un examen y el desempeño de los docentes anteriores, en educación técnico productiva el dominio de la formación profesional es decisiva, si no la deserción es inmediata. Y por qué nunca salen directivas de cuadros de horas para CETPROS, me parece que somos los eternamente olvidados o rezagados, fijese que ni para las Capacitaciones nos toman en cuenta. Gracias por sus comentarios.

RESPUESTA de Hugo Díaz Lucio. La básica alternativa, especial y técnico productiva paracen las ovejitas negras de la familia pues la política no les da la prioridad que merecen. Una pena, siendo tan importantes. En el casod e los CETPROS más importantes ahora que el país crece y requiere de toda clase de tecnicos. Saludos

Marlene

03.02.10

Estimado Dr. Hugo Diaz
En primer lugar agradecerle el tiempo que dedica a responder las inquietudes y dudas del maestro.
En segundo lugar, tengo una consulta: En mi colegio (que para mala suerte nuestra, está municipalizado) hay una profesora que pide destaque pues su esposo es militar y lo han transferido a provincia. El destaque ha procedido ya años anteriores ( como 3 años ), incluso ella ya tiene su reemplazo (otra profesora, esposa de militar que necesita trabajar en Lima). El problema es que en la municipalidad le están diciendo que los destaques ya no proceden, que el convenio que había para esposas de militares ya no está válido... eso es cierto? o es sólo una excusa de la municipalidad porque no sabe como se realiza los trámites administrativos? ¿Depende de alguien el destaque? ¿ o es un derecho que ya tiene, al tener ya su reemplazo?.
Y una tercera pregunta, con respecto también a la municipalización.... antes mi colegio tenía asignado un monto de dinero via "unidad de costeo" que la UGEL lo asignaba... ahora después de la municipalización ya no hay nada... y donde quedó ese dinero? El colegio se perjudica económicamente al ser municipalizado??

Muchas, muchas gracias por su respuesta! (la verdad no tenía a quien acudir)

RESPUESTA de Hugo Díaz Marlene. El problema con la municipaliación es que los centros muncipalizados figuran en presupuestos difernetes al del MED, por tanto la transferencia de recurso de un lugar a otro se complica y es más difícil. Lo mismo sucede con su tercera interrogante; ya no forman parte de las activiaddes de la UGEL, por tanto no participan de los beneficios que pueda acarrearles la unidad de costeo. Saludos.

Daniel

04.02.10

Tambien espero que salga una directiva para el Nivel Técnico Productivo, por que hasta la actualidad hay muchos problemas, ya que tenemos docentes del nivel secundaria, inclusive de primaria enseñando en los CETPROs, que no reúnen el perfil para CETPRO, y el Ministerio no hace absolutamente nada por dar solución a este problema, existe un divorcio entre el los CETPRO y el Sector Productivo, a mi parecer mientras que se tenga docentes y directores que no reunan el perfil, no habra mejoras. Ojala respeten los niveles para contrato de este año. Consideremos que los profesores de CETPRO tienen que elaborar proyectos productivos, deben conocer sobre gestion de empresas y tener experiencia en el sector productivo. Otro tema para discusión es sobre la complementación pedagógica en el nivel técnico para los docentes sin título pedagógico que laboran en los CETPROs. Como es posible que un docente de CETPRO tenga que hacer complementación pedagógica para el nivel Secundaria para enseñar en CETPRO. El Ministerio debe proponer la complementación pedagógica para los Docentes de CETPROs que no tengan título pedagógico como lo planteo el su Plan Estratégico al 2011. Hoy tenemos Nivel Técnico incompetente, gracias a los que se opusieron a esta propuesta. Es hora que se diferencien bien los niveles.

RESPUESTA de Hugo Díaz Daniel. Muy buena sugerencia. Su quremos elevar la imagen de la educación técnica tenemos que invertir en ella y con gastos de calidad. Cierto, los CETPROS, la ex secundaria de variante técnica son los olvidades en la cena. Saludos

Elsa Guerrero

04.02.10

ESTIMADO Dr. HUGO
Mi pregunta es la siguiente he dado las evaluaciones censales 2007 2008 y he trabajado años como contratada, el último contrato fué hasta el 31 de diciembre del 2009.
deseo inscribirme pero me piden el nombre de la I.E. donde laboro actualmente, podría inscribirme con el nombre de la I.E. donde laboré hasta el 31 de diciembre.
GRACIAS POR SU RESPUESTA
ELSA

RESPUESTA de Hugo Díaz Elsa. Indique la IE donde laboró y entre párentesis ponga la fecha hasta cuando laboró. Saludos

Azucena del Aguila Aguilar

04.02.10

Dr. Diaz
Soy la Lic. Azucena del Aguila, una convencida del poder pedagógico de las TIC.
Son muy ilustrativas las respuestas que brinda, a las consultas diversas que le hacen llegar colegas de todo el país
Le sería posible informarme, si se pierde la pensión de cesantía de la 20530, en el caso de reincorporación en la CPM
y si se puede sumar los años trabajados para el estado, posteriores al cese
Muchas gracias y Bendiciones

RESPUESTA de Hugo Díaz Azucena. No he entendido bien su pregunta. Dice que usted está incorporada a la CPM;, que cesó y luego al parecer se habría reintegrado a la actividad pública. Pregunta si eso lo puede sumar ¿cierto? Si demandó su cese ese es el período que se computa para efectos de la jubilación. La Ley no permite el reingreso después del cese para acumula años de servicio . Saludos

Maria del Carmen Izquierdo Zuñiga

04.02.10

Estimado Doctor:
Estoy a favor de las nuevas disposiciones dada por la directiva, cierto es, que incomoda por la tardía en su aprobación; Pero se necesita cambios eso es "ya conocido". Los directivos al asumir horas de dictado pedagógico me parece acertado. Ya que para identificarse con la IE y su gestión se debe vivenciar la realidad de las aulas.
Lo que me preocupa es ¿Cómo no se toma en cuenta TUTORIA? si bien es cierto es Transversal segun se planifica en el DCN: pero es el soporte básico de toda la gestión y calidad educativa.La nueva norma no observa la denominación del Coordinador de tutoria en secundaria para la función respectiva, ya que se aplicaría solo por denominación en las Comisiones de año en asamblea de profesores, pues por experiencia le comento que se debe designar al Coordinador (a) con estudios especializados como psicopedagogia, o psicologia. Esta área necesita la mejor calificación para quién lo gestione en la "Coordinación" así como la formación de los Tutores con estudios especializados o capacitaciones a nivel superior. La nuevas generaciones de escolares necesitan a un Tutor que aplique los nuevos enfoque psicológicos y se adecuen a los nuevos tiempos en que viven nuestros escolares.

RESPUESTA de Hugo Díaz María del Carmen. Lo que dice usted es una gran verdad. La realidad lo que nos muestra es que en la política educativa la tutoría no tiene la prioridad que debe tener. Cuando se produce una vacante de psicologo el gobierno no la vuelve a cubrir, no obstante la cantidad de riesgos sociales y falta de orientación que tienen los jóvenes. Yo estuve inclinado a restituir los antiguos departamentos de psicopedagogía que tan buen aporte dieron en los sesenta. Ojalá algún día sea posible. Saludos

Marisol

04.02.10

Sr. Hugo Diaz:
Me comunico con Ud. porque quiero consultarle mi situación.
Ingresé a la CPM en el 3er. nivel de la Ugel 03 y deseo saber sobre mi jornada laboral, horario de entrada y salida con las 25 horas pedagógicas programadas para Educación Inicial, sobre las 5 horas presupuestadas, si hago las 30 horas.
Podría Ud. enviarme un documento que indique todos estos datos?
A cuánto ascenderá mi sueldo si decidiera hacerlas?, porque en realidad necesito tener un horario fijo para programar mi tiempo y ver si puedo trabajar en las tardes. Gracias

RESPUESTA de Hugo Díaz Marisol. A usted le pagan por 25 horas pedagógicas. Teóricamente su horario debería ser hasta las 11.45 am pero lo que no cuenta son los recreos y otros tiempos que no sean trabajo en el aula; por tanto debería salir a la hora normal que siempre fue para los profesores de inicial. Lo que está estudiando el MED es la posibilidad de aumentarles las horas pedagógicas por las que le pagan, pero eso depende también del Ministerio de Economía y Finanzas. Su remuneración incluida la preparación de clases es 1,669.40 soles. De ellos, el 65% tiene descuentos por cargas laborales. Si busca un trabajo complementario tiene que ser en un horario que sea diferente y le dé tiempo para llegar al mismo. No es posible que salga en uno a las 13 horas y el el otro ingrese a la misma hora. Saludos

Pedro

04.02.10

Estimado Profesor, quisiera saber si este año se va a dar la presentación de expedientes para reasignación, porque cuando voy a la ugel de comas me dicen que no hay, es así para todos o algunas ugels son autonomas, ya que tengo entendido que se presentaron.
por favor, agradeceré su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz Pedro. En estos moementos cada región está condiciendo su propio proceso; es lo que he podido observar en las web que he visitado. Saludos.

EDVIN

04.02.10

UN SALUDO PAR UD PROF. HUGO PERMITAME UN COMENTARIO Y UNA PREGUNTA A LA VEZ DIGAME PROF PORQUE RAZON ES QUE SIEMPRE EN LA INSTITUCIONES INTEGRADAS EL DIRECTOR TIENE QUE SER NECESARIAMENTE DEL NIVEL SECUNDARIO YO NO SE TALVEZ EXISTA UNA NORMA QUE ESPECIFIQUE ELLO SI ES ASI POR FAVOR SI LA TUVIERA A LA MANO ENVIEMELA A MI CORREO. PERO CONSIDERO INJUSTO QUE UN DOCENTE DE SECUNDARIA TENGA QUE HACERSE CARGO DE TODOS LOS NIVELES EXISTENTES EN ESA INSTITUCION, YO ME PREGUNTO QUE SABE UN PROF DE SECUNDARIA DE PRIMARIA ELLOS SABEN TANTO COMO LOS DOCENTES DE PRIMARIA SABEN DE SECUNDARIA EL CARGO DE DIRECTOR SE LE DEBE OTORGAR AL MAS CAPAZ SEA DEL NIVEL QUE SEA LO IMPORTANTE ES QUE SE TENGA LA HABILIDAD Y EL CONOCIMIENTO PARA ELLO Y EN CREATIVIDAD E IMAGINACION LOS DOCENTES DE PRIMARIA LE DAN CATEDRA A LOS DE SECUNDARIA LAMENTABLEMENTE LA MAYORIA DE PROF DE SECUNDARIA SON APATICOS E INSENSIBLES SOLO SE CENTRAN A DICTAR SU CURSO Y SE ACABO, TAL VEZ SEA DURAS MIS EXPRESIONES PERO NO PODEMOS TAPAR EL SOL CON UN DEDO ESA ES LA REALIDAD. BUIENO PROF GRACIAS POR SU A TENCION Y GRACIAS TAMBIEN POR SU RESPUESTA.

RESPUESTA de Hugo Díaz Edwin. Recuerdo que cuendo se hizo la ley de CPM se discutió el tema al igual que en el reglamento. No se consideró en ningún momento que sea el profesor de secundaria el único con posibilidades de dirigir el colegio. La elección es en función del mérito. Saludos.

ana edith

04.02.10

la ley de presupuesto para el nombramiento de auxiliares de educación dice que se nombrarán los que estén con contrato y tengan 2 años consecutivos o acumulativos de auxiliar, pero dice en la ugel que laboran, lo que deseo saber como lo interpreta ud. si es que uno no se puede cambiar de colegio o de ugel para este año y nombrarse, pregunto porque soy auxiliar hace 5 años de la ugel 07 y quiero presentarme a la ugel 02 por que es más cerca para mí deseo saber si ahí me puedo nombrar igual, por favor le agradesco me responda porq estoy preocupada y no se que hacer, esto dice en la ley de presupuesto 29465 en la quincuagésima tercera.
muchas gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz Ana Edith. En los siguientes días sale una convocatoria de contratación para auxiliares, allí podrá encontrar la respuesta a su duda. Saludos.

Jose Lopez castillo

04.02.10

LO SALUDO ATENTAMENTE PROF. HUGO Y A LA VEZ QUIERO SU APOYO ANTE ESTAS INTERROGANTES:
1º EN MI I.E. EXISTEN CINCO DOCENTES DE II NIVEL CON EL TITULO DE HISTORIA Y GEOGRAFÍA.
2º ADEMÁS HAY TRES DOCENTES DEL III NIVEL CON EL TITULO DE CIENCIAS SOCIALES.
3º LA DIRECTIVA DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS INDICA QUE SE DEBE TENER EN CUENTA EL TITULO PARA EL AREA MATERIA DE DISTRIBUCIÓN.
MI PREGUNTA RADICA ES A QUIEN SE LE DEBE DAR PRIORIDAD EN LA DISTRIBUCIÓN DE HORAS
GRACIAS POR LA DEFERENCIA

RESPUESTA de Hugo Díaz José. La directiva hace referencia a que en orden de prelación prima: 1) el nivel magisterial; 2) los años de servicios oficiales (desde que se incorporó en un nivel magisterial en la carrera del profesorado o pública magisterial), y 3) los años de servicio en la institución educativa. En función de esos criterios se da la distribución. Saludos.

MAXIMO

04.02.10

Dr. Hugo gracias por su repuesta.
¿Qué es lo que se debe tomar en cuenta para la asignación de horas del docente?:
¿El grado de Mg. o Dr.? o ¿El nivel I - II ...?

RESPUESTA de Hugo Díaz Máximo. El nivel magisterial prima, luego los años de servicio oficiales y en tercer logar los años de servicio en la IE. Saludos.

PERCY

04.02.10

Seño Hugo Díaz:
Una vez más el estado realiza acciones contraproducentes a la educación, vg. las horas de libre disponibilidad, en la cual las instituciones educativas promueven, desarrollan, ejecutan acciones que permiten contrarrestar las problematicas pedagógicas locales, ahora resulta que el plan lector prima, y sobre todo diagnóstico, se utiliza la mitad de las horas de libre disponibilidad para un programa que no tiene monitoreo y éxitos evidentes durante ya los cinco años de emrgencia educativa. Hay que entender que la comprensión lectora, no es propiedad de una área curricular, es una capacidad que las áreas deben promover, prouqe si sólo una área lo enseña se produce que:
a) Los alumnos tendrían sólo una posibilidad buena o mala de desarrollar técnicas y hábitos para la compernsión lectora.
b) Se deja de lado las 10 áreas restantes para innovar en la comprensión lectora.
c) Se va creando la falsa imagen en la mentalidad de los estudiasntes que la comprensión lectora es una tarea de un área y no una capacidad recurrente en todas ellas.
d) La comprensión lectora se hace desde la prespectiva del área de comunicación, y por consiguiente el texto recurrente solicitado y usado son narraciones literarias, ya que los doecentes de comunicación poseen en el Perú más una formación literaria - gramatical, y no una exigencia multidisciplinaria, como textos científicos o artículos de divulgación.

Espero que el estado peruano permita a las instituciones pensar la educación, consultar, evaluar los procedimientos realizados en cada centro educativo, y las practicas exitosas reproducirlas, y los hechos educativos deficientes propagarlos con el fin de conocer lo que no resulta, la pedagogía del error debe inculcarse en la capcitación docente permanente.

RESPUESTA de Hugo Díaz Percy. Varias de las recomendaciones que usted hace los sugerimos antes que salga la directiva del año escolar. Los funcionarios del MED dijeron que la incorporarían y al final no lo hicieron. Estoy con usted que tanto comunicación como matemáticas deben ser áreas transversales y que la comprensión lectora no debe ser atributo solo del profesor de comunicación. Saludos.

MARIA

04.02.10

ESTIMADO DR. HUGO DIAZ
ME GUSTARIA HACERLE UNA CONSULTA
EN UNA I.E SE PRESENTAN DOS PROFESORES A CUBRIR UNA ENCARGATURA T y OBE, UNO ES DE LA LEY 24029 Y EL OTRO DE LA CPM ¿A QUIEN LE CORRESPONDERÍA LA PLAZA, YA QUE EL PROFESOR DE LA ANTIGUA LEY SOLO TIENE AÑOS DE SERVICIO Y EL OTRO TIENE MAESTRIA Y ESTA CAPACITADO PARA EJERCER DICHO CARGO.
ME GUSTARIA QUE ANALICE EL REGLAMENTO DE LA CPM EN EL ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, ME PARECE PERO ALLÍ DEFINE ESTE IMPASE

RESPUESTA de Hugo Díaz María. . El reglamento de la CPM dice que el candidato debe pertenecer a la CPM. Saludos.

Eusebio

04.02.10

Doctor Hugo: En mi colegio existen 5 encargaturas de jefatura de taller; y en una de ellas, el director se la ha dado a un profesor que no cuenta con titulo pedagógico.Yo verbalmente le pedí una, pero me la negó.
Es posible que pueda apelar esa decisión ante la UGEL ya que recién se esta terminando el cuadro de horas y si además, me podría amparar Yo en el documento dado por el MINEDU en lo que respecta al cuadro de horas dado recientemente o no.Gracias por su atención.

RESPUESTA de Hugo Díaz Eusebio. Para el encargo se requiere titulo, estar en un nivel magisterial y tener estudios en la especialidad. Si usted los tiene puede apelar. Saludos.

karina Salas

04.02.10

Señor Hugo Diaz

Es la primera vez que le escribo, y se que no es del tema en mencion, pero deseo otra opinion, es sobre registro de mi segundo bachiller en educacion , en la direccion regional de lima, el cual se me fue rechazado, en vista que estaba ya registrada, y me indican en la universidad que salgo Catolica Sedes Sapientae que fue un error darte este segundo bachiller, pues yo lleve mis 10 ciclos en esa universidad, y no fue separada en ningun momento por segunda especialidad, dandome como solucion anular mi segundo bachiller y mi segundo titulo saldria como segunda especialidad, lo cual me perjudica en vista que este tiene menor grado.
contestandole este caso espero me de otra opinion, porque no me parece una negligencia decirme si nos equivocamos cuando termine casi despues de 5 años mi 2da carrera.

RESPUESTA de Hugo Díaz Karina. Ciuertamente que fue un gravísimo error de la universidad que la ha perjudicado. Debería presentar su queja ante el decano de la Universidad referida, si es posible con copia ante la ANR. Saludos.

JUAN

05.02.10

doctor hugo, primero para saludarlo ya estos espacios son muy importantes para poder quitarse de las dudas que tenemos, luego le consulta..... yo soy un docente nombrado interino en el area de educacion fisica me nombre en el año 1989 cuando aun estaba estudiando en la universidad y luego me cambie de educacion secundaria bio- quimica a la especialidad de educacion fisica lo que acabe y egrese lo malo es que aun no he sacado mi titulo y tuve algunos contratiempos pero ya estoy en la condicion para primero sacar el bachillerato automatico y el titulo despues
lo que me preocupa es que creo que tengo tiempo hasta este año para poder presentarlo a mi ugel que es la nº 04 de comas yo tengo ya mas de 20 años de servicio y tengo mis tres quinquenios..... ahora es asi?? y me puede aconsejar claro que de que tengo que sacarlo lo estoy haciendo pero me afecta mucho cuales pueden ser las consecuencias gracias

RESPUESTA de Hugo Díaz Juan. Mientras no tenga el título no le vale el tiempo de servicios para acceder a un nivel de la carrera del profesorado que no sea el primero; por tanto es urgente que lo saque. De otro lado la marginación en la distribición del cuadro de horas y los riesgos de la excedencia son posiblidades que también están presentes. Saludos

laura

05.02.10

Saludos cordiales Sr. Hugo Diaz
Con el incremento de horas electivas al area de comunicacion el area de CTA trabaja solo con sus horas mínimas, 3 horas, y en el colegio donde laboro somos dos docentes. Las docente con mayor año de servicios tiene sus horas completas quedando para mi sólo 9 horas del area. Además tendo estudios de computación y en el colegio solo hay un docente nombrado en EPT y hay horas para enseñar en el área; pero no me quieren dar esas horas. Mi pregunta es ¿pueden declararme excedente? sabiendo que hay docentes nombrados sin titulo pedagogico de otras áreas.

RESPUESTA de Hugo Díaz Laura. Si hay horas disponibles y usted tiene mejores calificaciones que otros en cuanto a poseer título pedagógico, nivel magisterial y años de servicio, entonces los riesgos que la declaren excedente deben ser menores. Saludos

JUAN

05.02.10

saludos dr. hugo
le recalco mi inquietud soy nombrado interino ya mas de 20 años en educacion fisica pero estoy sacando mi bachillerato primero luego mi titulo me demore por motivos de trabajo y dinero pero que tanto me afecta y que tiempo tengo gracias por la respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. No entiendo bien su inquietud. Pensé que usted me decía si saco el título cuales son mis posibilidades y eso es lo que tyraté de responderle. Si fuese más preciso en lo que quiere quizá le pueda ayudar... Saludos.

Víctor

05.02.10

Saludos Maestro Hugo.
Quisiera, por favor su opinión sobre un caso de racionalización.
Según la Ley de la CPM, todos los maestros que no se han incorporado a ella mantiene todos sus derechos adquiridos en la Ley del profesorado 24029.
Sin embargo, a pesar que en la Ley del Profesorado se establecen los criterios de la excedencia con claridad, priorizando el nivel magisterial y los años de servicio, el Ministerio de educación viene ilegalmente imponiendo la R.M. Nº o1-2009-ED que establece otros criterios de excedencia.
Siendo jurídicamente la Ley del Profesorado una norma de mayor jerarquía con respecto a al R.M., se viene cometiendo un atropello a los derechos del docente, en cuanto a la declaratoria de exdecencia en las instituciones educativas.
Muchas gracias por su opinión.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Victor..Hay un conflicto que debería ser aclarado por el MED pues en la carrera solo hay menos de 10 mil docentes; por tanto sus alcances son difíciles aún de implementar. Enviaré su inquietud al MED Saludos.

MARIVEL

05.02.10

BUENAS TARDES
QUIEN TIENE LA PRIORIDAD PARA EL CUADRO DE HORAS UN DOCENTE QUE ESTA EN LA CARRERA MAGISTERIAL EN II NIVEL O EL QUE ESTA EN EL III NIVEL PERO NO ESTA EN LA CARRERA MAGISTERIAL

RESPUESTA de Hugo Díaz Marivel. La directiva no distingue quien está o no en la CPM sino da prevalencia al nivel magisterial mas alto. Saludos.

carmen olivera

05.02.10

Dr. Hugo Díaz:
Felicitándolo por todas las novedades que nos brinda en su portal manteniéndonos de esta manera informados de todo el quehacer educativo.
Tuve el honor de tenerlo a Ud. como profesor en la Escuela de Directores de IPAE, en el año 2008-2009. Soy profesora del nivel secundario, del área de comunicación de un colegio de convenio; quisiera saber qué posibilidades de ser monitor de PRONAFCAP en mi área, a dónde tengo que dirigirme.
Atte.
Carmen Olivera.

RESPUESTA de Hugo Díaz Carmen. Tendría que acercarse a la Dirección de Formación y Capacitación Docente o a uno de los entes ejecutores de la capacitación que se realizará este año. Los concursos para seleccionar los entes ejecutores deben estar por salir pues el tiempo apremia. Saludos.

Anónimo

05.02.10

Me comunico con Ud. porque tengo una inquietud.
Trabaje como nombrado pero sin titulo pedagogico, según la Directiva Nº 004-2010-ME/SG/OGA/UPE, se considera como "los años de servicios oficiales" o se considera desde la inscripción del titulo pedagógico.
Sucede que estamos en las mismas condiciones con otro profesor, tenemos el mismo nivel y fuimos nombrados el mismo dia, somos de la misma especialidad, en este caso depende la antiguedad del titulo. MI PREGUNTA RADICA ES A QUIEN SE LE DEBE DAR PRIORIDAD EN LA DISTRIBUCIÓN DE HORAS
GRACIAS POR LA DEFERENCIA

RESPUESTA de Hugo Díaz Anónimo. Si ambos tienen el mismo nivel magisterial y la misma antiguedad del título pedagógico, lo que define son inicialmente dos criterios: la antiguedad del tiempo de servicios oficiales (desde que es docente titulado), que entiendo es similar, y la antiguedad del tiempo de trabajo en la institución educativa. Luego hay otros factores que tienen que ver con capacitaciones y perfeccionamientos que peuden ver en la directiva a la que hace referencia. Saludos

HERMELINDA PARI

06.02.10

GRACIAS POR SU ORIENTACIÓN, QUISIERA CONSULTAR SOBRE LAS II.EE. QUE SON INTEGRADOS, EN LA MAÑANA FUNCIONA LA PRIMARIA, EN LA TARDE SECUNDARIA, Y EN OTROS HAY NOCTURNA, CÓMO HACER POSIBLE LA JORNADA DE 45' , HAY ALGUN DOCUMENTO QUE NORME ELLO O ES QUE DEPENDE DE CADA DIRECTOR? ES UN PROBLEMA QUE VENIMOS DISCUTIENDO MUCHO TIEMPO.
GRACIAS, UN ABRAZO DESDE AREQUIPA
HERMELINDA

RESPUESTA de Hugo Díaz Hermelinda. En la DRE deben darle orientación acerca de cuales son las jornadas de trabajo en cada turno. Sobre la base de esa referencia es que tienen que organizar su programación. Por ejemplo, tengo entendido que la jornada de trabajo de los centros de educación de adultos es más corta que las del turno de la mañana y tarde Saludos

Nardo

06.02.10

Maestro Hugo: Soy docente del Área de Comunicación. El año pasado trabajé con dos secciones de tercer grado y consecuentemente en cumplimiento al Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora, mis alumnos leyeron los módulos 2 y 3. Los alumnos de cuarto grado también utilizaron los mismos módulos. Este año voy a enseñar a los alumnos de cuarto grado y cómo hago para programar mis actividades de Comprensión Lectora si los módulos 2 y 3 ya han sido leído cuando éstos cursaban el tercer grado. ¿El MED dotará de otros módulos distintos a los que ya tenemos? Reviso todos los días la Web del MED y al parecer están más preocupados por su Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú.

RESPUESTA de Hugo Díaz Nardo. Debe seguir lo que dispone la directiva del Programa Nacional para Comprensión Lectora. Si los chicos ya leyeron las lecturas que estaban previstas en ese módulo, lo que podría hacer es trabajar con otros materiales (periódicos y otros que los propios alumnos pueden aportar). Recuerde que en estos programas una de las claves del éxito es dar a los jovenes la oportunidad de elegir por lo menos parte de las lecturas que queiren leer . Saludos

Abel

06.02.10

Sr. Hugo: Quizá no sea tema de debate del blog pero con las disculpas del caso tengo que saber que opina Ud. sobre este caso. Desde la creación del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú a mi modo de entender las autoridades del MED le están dando más importancia a éste. ¿Por qué será? Entiendo que este colegio es del nivel secundario, porque así dice inclusive su nombre, entonces debe cumplir con la Directiva para el año escolar 2010 y que en uno de sus contenidos señala lo siguiente: "3. UNIFORME ESCOLAR: En la Educación Básica y Técnico – Productiva no es obligatorio el uso del uniforme escolar en las IE públicas. En las IE privadas, se hará de acuerdo con su reglamento interno". Hago este comentario porque en la Web del MED con fecha 5 de febrero se ha publicado practicamente una licitación para la cofección de uniformes del aludido colegio. Dr. ¿este colegio es estatal o particular? ¿y si es estatal por qué no cumple lo que manda la directiva? Gracias por su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz Abel. Interesante observación la que hace que muestra una contradicción entre a política para otros colegios y la del colegio mayor. Este colegio tendrá un régimen especial, con una programación curricular, régimen de contratación y funcionamiento propios, diferentes a los del resto. por lo menos es lo que se conoce de la propuesta. Saludos

Nardo

06.02.10

Maestro Hugo gracias por su respuesta a mi consulta anterior, pero en la Resolución Ministerial Nº 0044-2009-ED y su Directiva Nº 001-2009-ME/VMGP da pautas sólo para el año 2009 de igual manera en la Resolución Directoral Nº 0391-2009-ED, pese a que en DIRECTIVA PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2010 EN LA INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO PRODUCTIVA habla de más horas para Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora. Quizás sea pedirle mucho, pero por favor a través de la comunicación que tiene Ud. con los del MED, sería tan amable de averiguar si para este año tienen previsto entregar otros módulos distintos a lo que ya tenemos. Si en caso no está previsto la entrega de otros textos de lectura nosotros los docentes conjuntamente con nuestros estudiantes y por qué no con nuestros padres de familia elegir los textos que están a su alcance y sobre todo que les guste leer; pero, ¿qué pasaría si el MED saca nuevos textos luego que ya hemos elaborado nuestra programación anual y se nos diga que el contenido de los nuevos libros se tiene que incluir en la programación anual? Sería un doble trabajo. Dr. por eso es mi preocupación y en mi caso ya estoy comenzando a diseñar mi programación y no olvidemos que las clases se inician el 1 de marzo. Gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Nardo.La proxima semana haré la consulta. Sería bueno que visite la web del MED; en la página central hay dos noticias sobre la distribución de material educativo que quizá puedan relacionarse con su inquietud. Saludos.

Carmen

06.02.10

Estimado Dr. Hugo:
Antes de empezar lo felicito por el blog y sus comentarios ,reflexiones, es dificil dar la razòn a todos.
Estoy de acuerdo con Ud. en cuanto que hasta ahora siga primando la antiguedad y tiempo de servicios para la distribucion del cuadro de horas, donde queda los estudios de maestria, capacitaciones como del pronafcap y otros llevados en Universidades con nuestro propio peculio, un docente como es mi caso todos los años llevamos capacitaciones como en el uso de las Tics , utilizando la tecnologia y es precisamente estos docentes los que ofrecen resistencia y siguen con la metodologia de los años 80.Se deberia evaluar nuestro legajo personal y colocar un puntaje como criterio de nuestras capacitaciones, maestrias ,etc como lo hacen para una plaza de nombramiento o contrato.
Si ocurriria asi estpy segura que estos docentes vitalicios en horas, grados y horario, se preocuparia por actualizarse o capacitarse.

En mi IE ocurre algo singular, 3 docentes de la misma area nos nombramos en esta IE el mismo dia y ¿ahora como se dirime? por que faltan horas en nuestra area ¿a que docente se completaria con horas de otra area?
En mi caso yo tengo mas años en la IE incluido los años de contrato, pero como ahora ya no se toma en cuenta estos años, hay un triple empate.
Espero analice esta situacion y me envie una respuesta.
Gracias .

RESPUESTA de Hugo Díaz. Si se sigue tomando en cuenta los años de servicio en la IE en caso que todos tengan el mismo tiempo de servicios oficiales en el sector público. Revise la directiva de distribución del cuadro de horas y verá que continua ese criterio.. Saludos.

William

06.02.10

Estimado Dr. Hugo:
Agradecerle de antemano por sus orientaciones y celebrar este espacio para ayudarnos a resolver nuestras inquietudes.Respecto a la formulaciòn del cuadro de Horas. En mi colegio, se presentan dos situaciones:
1.- Tengo 2 turnos de funcionamiento, Mañana y tarde, en la Mañana 20 horas de Inglès, en la tarde 22 horas. Hay dos profesoras nombradas con II nivel, cada una dictando el àrea por años en el turno respectivo. Resulta que una de ellas, la que dicta en la tarde tiene mas tiempo de servicio y por ello, decidió pasarse a la mañana aduciendo prelación. La comisión le denegó por respeto a la estabilidad en el "turno de trabajo" (DS 019-90-ED) por esta acciòn hemos sido pasibles de denuncia de parte de ella.¿Tiene razón? ¿Esta RJ 050-2010-ED es norma especìfica de respecto a la estabilidad laboral que consagra el DS 019-90-ED?
2.- Hay 03 docentes de CTA,en el turno mañana; el problema es con dos de ellas; una tiene tìtulo de Ciencias naturales y otra de matemàtica Fìsica; la segunda el año anterior dictaba Matemàtica y completaba con CTA en 5to sec. en la mañana. La que tiene título de CC.NN tiene màs tiempo de servicios y exige las horas de CTA que quedan en la mañana, la Comisión le dió la razón. La otra docente no quiere dictar algunas horas en la tarde que si las hay, aduciendo estabilidad en el turno, ¿Que hacer al respecto? ¿Se puede negar a tomar horas en el turno alterno? ¿el tener título de Física le da "mas" derecho para dictar en 5to sec, aduciendo que los contenidos son de física?
Espero sus apreciaciones para estos casos.
Gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz William. Lo que rige en la distribución del cuadro de horas es la RJ que salio hace pocos días. La UGEL debe respaldar esa norma. Ella establece que los profesores deben de ser de la especialidad y para el caso de CCNN se da más de una alternativa de especialidad. A partir de ello que la prelación se establece 1) por el nivel magisterial,, 2) por el tiempo de servicios oficiales como profesor titulado en un nivel magisterial y 3) el tiempo de servicios oficiales en la escuela. Sobre esa base tiene que definir los dos casos. Ciertamente que lo ideal es juntar a los profesores y solicitarles que ellos traigan una solución que sería aceptada por la Comisión, pero a veces es dificil lograrlo por la incomprensión de alguna de las partes. Saludos.

JUAN MAVILO RODRIGUEZ ROMERO

06.02.10

DOCTOR HUGO , MUY INTERESANTE SU COMENTARIO.
MI CONSULTA ES EL SIGUIENTE

PARA ELABORAR EL CAP , SE TOMA ENCUENTA PRIMERO LOS NIVELES EN FORMA CONJUNTA INCLUIDO LOS INGRESANTES A LA CARRERA PUBLICA. O LOS AÑOS DE SERVICIO. POR QUE EN MI CENTRO EDUCATIVO ESTAN TOMANDO LOS AÑOS DE SERVICIOS.
ES EL CASO DE MI PERSONA QUE ESTOY COMPRENDIDO EN EL CUARTO NIVEL EN LA CPM Y OTROS COLEGAS QUE ESTAN EN EL TERCER NIVEL NO COMPRENDIDOS EN LA CPM ESTAN PRIMEROS . QUE ACCIONES SE DEBEN REALIZAR PARA CORREGIR LO ELABORADO POR LA DIRECCION DE MI I,E,
MUCHAS GRACIAS

RESPUESTA de Hugo Díaz Juan. EL CAP solo presenta la distribución de personal por cargos y no tiene respercusión en otra medida. Solo para ver que plazas orgánicas existen, cuáles están cubierta y cuáles vacantes. Si su pregunta va con respecto a la distribución del cuadro de horas, lo primero que prima es el nivel magisterial, se esté o no en la CPM, luego los años de servicios oficiales como docente en algún nivel magisterial y en tercer lugar los años de servicio en la IE

Blanca

06.02.10

Sr. Hugo Diaz:
Reciba usted un cordial saludo, pero estoy un poco confundida primero usted dice que Teóricamente el horario debería ser hasta las 11.45 am en cuanto a las profesoras de Inicial pues a nosotras nos estan pagando solo por 25 horas y luego se contradice pues no se tiene en cuenta los recreos y otros tiempos que no sean trabajo en el aula pues yo le puedo decir como maestra de inicial que nosotras estamos en permanente trabajo con los niños dentro y fuera del aula, en actividades libres y dirigidas en sus momentos de recreacion y de alimentación es por esta razon que no comprendo hasta ahora la falta de consideración con nosotras las maestras de inicial pues a pesar del tiempo que dejamos en el jardin lo complementamos en el hogar, ademas el trabajo con padres de familia y comunidad no lo estan teniendo en cuenta o acaso los del ministerio trabajan gratis, creo que no. El nivel primaro que es el mas proximo tambien tiene horario de recreacion y como a ellos no se les descuenta por esas horas, el gobierno debe ser mas justo y no poner excusas simplemente para tapar su error.
Atentamente,

RESPUESTA de Hugo Díaz Blanca. Su comentario lo entiendo perfectamente y es más, estamos defendiendo una posición como la suya ante el Ministerio. Pero lo que pienso todavía no se refleja en las normas. El MED lo que establece es lo que le he escrito: que no se cuentan los recreos ni otros tiempos que no sean trabajo en el aula. Por lo demás, yo pienso que ustedes deberían ganar por 30 horas como percibe un profesor de primaria. Se que el MED trata de corregir su error pero requiere ampliación presupuestaria. Saludos.

JANNY V

07.02.10

Ante todo mis felicitaciones y saludos mi consulta es la siguiente. Soy profesora de secundaría II nivel Ciencias Sociales y Comunicación con maestría y participacíon en el PRONAFCAP 2010 con nota de promedio 19, entre otros méritos desearía saber si puedo tener acceso al cargo de OBE en mi institución puesto que otro colega no esta incluido en la CPM ni tiene maestría.
Le agradecería por su respuesta para dar ese alcance a la dirección.

RESPUESTA de Hugo Díaz Janny. Depende de si hay otra persona que tenga un nivel magisterial mayor y esté interesada en el cargo; asimismo, de los años de servicio oficiales que tenga enla carrera, sea del profesorado y/o magisterial. Saludos.

Walter

08.02.10

Walter
Buenos días
Quisiera saber que norma legal establece la obligatoriedad de la presentación de programaciones y unidades didacticas de los profesores de las instituciones educativas

RESPUESTA de Hugo Díaz Walter. El Diseño Curricular Nacional tiene al final una amplia descripción sobre el trabajo que debe realizarse en cuanto a unidades didácticas y sesiones de aprendizaje como parte de la programación curricular anual. Saludos

ebert

08.02.10

señor Hugo Diaz.
Reciba mis cordiales saludos y a la vez hacerle una consulta soy profesor de educacion fisica de 30 horas nivel primaria en el turno tarde. Resulta que solo tengo para este año 24 horas por racionalizacion de aulas, es posible que se pueda completar las 30 horas pedagogicas con dictado de talleres deportivos.Quisiera por favor me aclare si las normas respaldan esto puesto que el sub director de primaria me dice que no existe ningun inconveniente. gracias

RESPUESTA de Hugo Díaz Eberth. Siempre y cuando hayan dos cosas: la anuencia del director y el presupuesto pata financiar las 6 horas adicionales. tendrían que solicitarlo a la Ugel. Saludos

Anselmo Aarón Pereira Tello

09.02.10

Dr. Hugo Díaz, sobre el cuadro de horas, si en mi IE me extendieran hasta 30 horas pedagógicas de acuerdo a la 004- 2010, estoy en el III nivel de la CPM, y deseo solicitar la encargatura de jefe de laboratorio ¿ mi remuneración sería por 24, por 30 ó por 40 horas? ¿cuántas horas de dictado de clases tendría, 12, 15, ó estoy obligado a cumplir las 30 horas y al mismo tiempo, asumir la jefatura de laboratorio de 40 horas, cargo jerárquico que el gobierno ha descuidado, porque aparte que no se le paga a los encargados, ahora los que somos de la especialidad de CTA tenemos solo 3 horas (distribución del cuadro de horas) para la teoría y para la práctica de laboratorio. Además, a un jefe de laboratorio de ciencias, puede la comisión de cuadro de horas hacerle dictar 4 horas de inglés o respetar sus 40 horas exclusivas para atender el laboratorio de ciencias.

RESPUESTA de Hugo Díaz Anselmo. La encargatura no significa pasar de percibir 24 a 30 horas, loq ue se hace es se le pagan 6 horas adicionales pormsu trabajo. En cuanto a las encargaturas del personal jerárquico se paga el adicional hasta 40 horas. En el artículo sobre el cuadro de horas está como anexo la norma que la rige. Sería bueno que la lea usted mismo para que sepa que obligaciones y derechos tiene. No es lo mismo que yo le cuente a que usted tome conciencia de qué es lo que le corresponde Saludos

Rubén

09.02.10

Buen día Dr.
Agradezco de antemano su respuesta.
Soy docente de Ciencias Sociales - secundaria, con 24 hrs. de jornada laboral.
Resulta que en la I.E. somos 3 docentes de la misma área, siendo yo soy de menor nivel (II) y por ello, para este año 2010 solo me ha quedado 11 horas de especialidad y 13 horas que no lo son: Comunicación, Ed. por el arte y dos tutorías. Mi pregunta es si puedo yo solicitar que me declaren excedente y tal vez pueda encontrar otra plaza de acuerdo a mi especialidad; en todo caso quisiera saber cuáles son los criterios que definen que un prof. sea declarado excedente y si ese es mi caso.
Estaré atento a su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Rubén..Puede solicitar la excedencia en caso que no tenga las horas que permitan completar su jornada laboral o que le asignen horas en especialidades que usted no maneja. El riesgo de la excedencia es que no sabe donde irá a parar. Lea la directiva y evalúe la conveniencia de hacerlo. En el blog está publicada la directiva Saludos.

samuel

09.02.10

Buenos días Sr. Ante todo mi agradecimiento por la respuesta. Mi pregunta es la siguiente: En mi colegio hay 2 profesores de sociales y para la distribución en el cuadro de horas no nos ponemos de acuerdo. Siendo mi especialidad Ciencias sociales pienso que de acuerdo a la norma me correspondería las áreas de Cívica, PFRH e Historia y la especialidad de mi colega es Historia y geografía, entonces me parece q solamente le corresponderia Historia y geografía, a`pesar que él tiene más años de servicio, aunque estamos en el mismo nivel.
Por favor acláreme el panorama.

RESPUESTA de Hugo Díaz Samuel. El orden de prelación si tienen el mismo nivel magisterial es la antiguiedad en servicio oficial (como docente titulado) y el tiempo de servicios en la IE. Ojalá puedan ponerse de acuerdo conversando. Saludos.

renzo

09.02.10

buenas noches señor Hugo:
Soy profesor con 17 años de servicio, con nombramiento interino, sin titulo pedagogico, sólo técnico, Me gustaria saber si obtengo mi titulo e ingreso a la ley del profesorado Hasta que nivel puedo ingresar? o tengo que empezar desde el primer nivel, gracias por su respuesta. Me han dicho que puedo ingresar hasta el tercer nivel , ¿es cierto esto ? Donde encuentro informacion para saber mas al respecto.

RESPUESTA de Hugo Díaz Renzo. Ya no hay ingresos por la Ley del Profesorado sino por la CPM y debería hacerlo por el I nivel. Saludos.

edwin madariaga Salas

10.02.10

como siempre el estado con las improvisaciones y después hechan la culpa a los docentes cuando son ellos los que no planifican ni siquiera han cumplido con entregar los DCN y tanta gente trabajando en el MED. que mal

RESPUESTA de Hugo Díaz. Edwin..Es verdad, la improvisación es una caracterítica de la gestón que preocupa cada vez más Saludos.

edwin madariaga Salas

10.02.10

Sr. Hugo
Gracias por la información usted como siempre teniéndonos al día con relación a la lo malo que hace el MED quiero pedirle un favor si puedo obtener información SOBRE LA NUEVA GRAMÁTICA española

RESPUESTA de Hugo Díaz. No cuento con información al respecto. Veré que puedo averiguar. Quizá si a través deel yahoo o Google busca séría recomendable. Además ayudaría saber que aspecto específico de la gram´tica española le interesa pues es un tema amplísimo.. Saludos.

carlos

10.02.10

Sr. Hugo:
Previos saludos, mi consulta se refiere a lo siguiente: ¿En el caso de los profesores que tienen el título de profesor de ciencias sin especificar la especialidad, dentro de qué área se le debe considerar, dentro de Matemática o CTA, en todo caso cuál es el criterio que se debe aplicar?.

Al respecto se hizo la consulta a la UGEL Arequipa-Norte y el especialista mencionó que al profesor se le considere de acuerdo al memorándum con el cual llegó reasignado a la I.E. De acuerdo a este memorándum, el profesor venía en lugar de una profesora que tenía a su cargo horas de CTA. Entonces, para el especialista, el profesor debe pertenecer al área de CTA. ¿A qué área pertenece el profesor para la distribución de horas? ¿Se debe recurrir a los memorándum de reasignación a la I.E. para la distribución de horas?

Gracias por su atención.

RESPUESTA de Hugo Díaz Carlos. La directiva dice que para enseñar matemáticas debe ser profesor de matemáticas, y para enseñar CTA puede ser profesor de Ciencias Naturales, Física, Química o Biología. En el marco de ese criterio hay que buscar su ubicación Saludos

GREGORIO

10.02.10

Dr. Hugo Díaz.

Mi saludo cordial, quisiera un consejo sobre las acciones que he tomado y me ha causado sanción Administrativa de 2 meses de separación de mis funciones como Director de la I.E. María de Lourdes” de Pomalca, sin goce de remuneraciones.

En mi cuadro de horas aprobado por la DRE Lambayeque, menciono la necesidad de Una plaza de Educación para el Trabajo con opción laboral de Industria del Vestido y una Plaza de Arte con mención: Música, por contar con Talleres implementados de Costura y Banda de Música respectivamente, ya que en mi I.E. solamente se educan niñas y adolescentes en los Niveles Inicial, Primaria y Secundaria de menores.

En el mes de marzo del 2009, la Coordinación de Personal de la DREL, que jefatura el Lic. Daniel Suárez, me envía un Docente Reasignado por motivos de Salud de la Especialidad de Física Matemática, para enseñar el Área de Educación para el Trabajo, docente que no contaba con la opción laboral solicitada, y por presión y amenazas del CADER se le dio Posesión de Cargo, de esta manera se cerró nuestro Taller de Costura y el Profesor realizaba tareas de Auxiliar de educación por que no sabia ni ensartar una aguja, situación que era de conocimiento del Jefe de Personal de la DRE Lambayeque, pero como no les interesa la educación paso por Desapercibido, perjudicando a nuestras alumnas en el dictado de clases de esta importante Área.

En el mes de marzo, nos envían un Docente Contratado por 24 horas Titulado en la Especialidad de Educación por el Arte –Música,, según R.D.R.S. N° 0506-2009-GR.LAMB/DREL, con vigencia del 02-03-2009 al 31-12-2009, acciones que estaban de acuerdo a nuestros requerimientos de nuestro Cuadro de horas; pero en el mes de agosto del 2009, nos llega un Reasignado por motivos familiares Titulado en la Especialidad de Lengua y Religión, según R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAM/DREL, de fecha 04 de agosto de 2009, desplazando al docente Contratado de la Especialidad de Educación por el Arte-Música, para enseñar el Área de Arte, Acciones contraproducentes, sin ningún sentido técnico y legal, por lo que como Director de la I.E. N| 11521 “María de Lourdes” del distrito de Pomalca, con más de 06 años en la Dirección del Plantel, opte por presentar mi queja a la DREL con fecha 07-08-2009, pero el día 28 de agosto del 2009, nuevamente se hace presente a la Dirección del Plantel el CADER, para obligarme mediante presión a darle Posesión de Cargo al Prof. De lengua y Religión para que enseñe el Área de Educación por el Trabajo – Música, optando en defender los derechos de nuestras alumnas en contar con una educación de calidad con personal docente idóneo, especialistas en sus áreas curriculares, OPTANDO EN NO DAR POSESIÓN DE CARGO por no ser el Docente Ideal para enseñar el Área de Arte- Música, a lo cual me negué rotundamente.

Mientras tanto los Profesores desplazados de ARTE en numero de 07 pertenecientes a diferentes II.EE. de la Región, quienes también fueron desplazados por Prof. Titulados en Biología y Química, Matemática. Inglés, etc. apelan las Resoluciones de Reasignación y siendo el caso de nuestra Institución, la R.D.R.S. N° 2020-2009 y el Gobierno Regional de Lambayeque hace justicia y declaran fundada su apelación,, emitiendo el Gobierno Regional la R.D.R. N° 777-2009-GR-LAMB/GRDS DE FECHA 24-09-2009, donde se resuelve dejar sin efecto la R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAM/DREL, de fecha 04 de agosto de 2009 de Reasignaciones y dan nuevamente Vigencia a la R.D.R.S. N° 0506-2009-GR.LAMB/DREL DE FECHA 16-03-2009 ORDENANDO LA REINCORPORACIÓN del Profesor Contratado titulado en Educación por el Arte – Música; de esta manera se restablece la vigencia de los contratados y anulando las reasignaciones.

Que, a pesar de HABER UN DISPOSITIVO SUPERIOR EMITIDO POR EL GOBIERNO REGIONAL, PARA SU CUMPLIMIENTO, LA DREL A TRAVÉS DEL JEFE DE PERSONAL Y EL DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN SE NIEGAN A ACATAR esta disposición de la superioridad, movidos por intereses personales y extraños.
Que, a habiéndose anulado la R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 04-08-2009, SE LE APERTURA PROCESO ADMINISTRATIVO AL DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, por no dar Posesión de Cargo al Profesor Reasignado con la Anulada Resolución 2020-2009 y es así que se me instaura Proceso Administrativo con R.D.R.S. N° 2943-2009-GR.LAMB/DREL. de fecha 13 de octubre de 2009. Que mientras tanto el Profesor Contratado de ARTE no podía reincorporarse a pesar de existir acto resolutivo, por que el Coordinador de Personal de la DREL así lo quería y el Docente Reasignado nombrado del la especialidad de Lengua y Religión estaba depositado en las oficinas de la DREL sin realizar labor efectiva venia ganando sus remuneraciones en forma normal sin trabajar, a pesar de habérsele notificado la anulación de su Resolución de reasignación, pero con el consentimiento del Coordinador de Personal y Director de la DREL seguía depositado.

Que, el 11-12-2009, recién el Director de la DREL, asesorado por su Coordinador de Personal emite la R.D.R.S. N° 3815-2009-GR.LAMB/DREL,de fecha 11-12-2009, dando cumplimiento a la R.D.R. N° 777-2009-GR-LAMB/GRDS DE FECHA 24-09-2009, donde se deja sin efecto la R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 04-08-2009 y RESTABLECEN LA VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN{ON N° 0506-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 16-03-2009, restableciendo la vigencia y reincorporando al docente Contratado de la Especialidad de Educación por el Arte, desde el 02-03-2009 al 31-12-2009.

Pero es curioso que en esta misma fecha, el 11-12-2009 se emite también la R.D.R.S. N° 3813-2009-GR.LAMB/DREL, reasignando nuevamente al Docente nombrado de Lengua y Religión en Plaza de Educación por el Arte, desplazando al Docente Contratado titulado de Educación por el Arte-Música, sin haber anulado la R.G.R. N° 777-2009.

Lo más curioso Señor Doctor, que ambos docentes se presentan a la I.E. a reclamar Posesión de Cargo, habiéndose dado solamente al Docente Contratado de la Especialidad de Ed. Artística- Música, por ser el indicado de acuerdo a la necesidad de nuestro Cuadro de Horas.

Pero Dr. Hugo Díaz, aquí viene lo mas penoso, que el 05 de Enero del 2010 soy notificado con la R.D.R.S. N° 3918-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 18-12-2009, donde se me SANCIONA CON SEPARACIÓN TEMPORAL EN EL EJERCICIO DE MIS FUNCIONES COMO DIRECTOR, SIN GOCE DE REMUNERACIONES, POR EL LAPSO DE 02 (DOS) MESES, POR NO DAR POSESIÓN DE CARGO AL DOCENTE REASIGNADO DE LA ESPECIALIDAD DE LENGUA Y RELIGIÓN PARA QUE ENSEÑE EL ÁREA DE ARTE. y con la R.D.R.S. N° 2020-2009 totalmente viciada y anulada, entonces pregunto a usted doctor, ¿está bien estas acciones tomadas contra mi persona? o ¿existe un abuso de autoridad eminente por parte del Coordinador de Personal y Director de la DREL Lambayeque? Al sancionarme por no cumplir con actos resolutivos anulados, viciados, etc, etc. LE PIDO ´POR FAVOR INTERVENGA EN FORMA URGENTE A TRAVÉS DE UN DIRECTIVA O DOCUMENTO QUE ACLARE A LA DREL SOBRE ESTAS ACCIONES DE MOVIMIENTO O REASIGNACIONES DE PERSONAL DOCENTE Y POR FAVOR DARME UNA RESPUESTA MÁS CLARA Y CONTUNDENTE DE QUE TIPO DE ABUSO SE ESTA COMETIENDO CONTRA MI PERSONA, YA QUE EN EL MES DE ENERO NO HE PERCIBIDO PAGO O REMUNERACIÓN ALGUNA, AFECTÁNDOME A MI PERSONA Y FAMILIA ASÍ COMO MI ESTADO EMOCIONAL.
DARME UNA RESPUESTA EN FORMA URGENTE Y SEÑALARME ALGUNAS DIRECTIVAS QUE ME SIRVAN DE SUSTENTO PARA APELAR DICHO ACTO RESOLUTIVO QUE ATENTA CONTRA LA VIDA Y LA SALUD DE MI FAMILIA.

RESPUESTA de Hugo Díaz Gregorio. Lamentable su caso. Quiero expresarle mi solidaridad pero también quiero decirle que yo no soy funcionario del Ministerio. Lo que puedo hacer es canalizar para conocimiento de las autoridades su caso, pero más o menos intuyo la respuesta: debe ser vista en la UGEL y DRE. Recuerdo que yo le dije que acuda a la Defensoría del Pueblo. Es la que realmente podría ayudar a que le hagan justicia. Saludos

Jesùs

11.02.10

Saludos Dr. Hugo mi consulta es la siguiente.....fui nombrado como profesor de educaciòn religiosa en la educacion secundaria...por propuesta del obispo en el año 2000....de acuerdo a esta directiva de ditsribucion de horas...puedo pedir horas de mi especialidad ...que de acuerdo a mi titulo pedagogico es Ciencias Naturales....y enseñar el area de CTA?......actualmente me encuentro en la Ley de Carrera Publica magisterial en el 3er Nivel.....por ahora luego de haber solicitado a la ugel Ica el movimiento de pesonal reasignacion, rotacion, ubicacion desde el año 2006...he conseguido que la DRE ica me destaque a una IIEE para enseñar el area de CTA dado que en mi colegio donde me nombré no hay horas de mi especialidad....y el obispado no me autorizo para continuar enseñando dado mi intenciòn de cambio de area....pregunto tambien si esta directiva favoreceria el hecho de pedir horas de mi especialidad en mi colegio donde me nombre haciendo prevalecer mi nivel y mis años de servicio, etc...gracias por la atencion.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Jesús. Los colegios de convenio tienen algunas potestades en administración de personal que no las tienen otros colegios. Tiene que ser a aceptación del colegio, de lo contrario no creo que tenga posiblidades. Saludos.

Nicolás

12.02.10

Previos saludos respetuosos, le manifiesto el caso que se está presentando en mi Institución Educativa- Área de Comunicación: Existen 07 profesores en esta área con los siguientes títulos:
4 profesores Licenciados en Educación, especialidad LENGUA , LITERATURA Y FILOSOFÍA. 2 del V Nivel, 1 del III Nivel y 01 del II Nivel. y
03 profesores Licenciados en Educación, especialidad: letras, 02 del III Nivel y 01 del II Nivel.
Siempre hay problemas para la distribución de las horas en esta área.
Según la Directiva 004-2010 “Elaboración y Aprobación de Distribución de horas de clase”, en punto 10.3 a la letra dice: “ A su vez, dentro de cada grupo la distribución de horas de clase se realiza teniendo en cuenta el título profesional y ESPECIALIDAD requerida para cada área curricular, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
•Nivel Magisterial
•Tiempo de servicios oficiales como docente
•Tiempo de servicios oficiales como docente en la Institución Educativa
10.4 La distribución de horas de clase, bajo responsabilidad, debe considerar la pertinencia y coherencia entre el enfoque de las áreas curriculares y la formación que los profesores tienen, por lo que se presenta las posibilidades que pueden darse para la asignación de las horas a los profesores a las áreas curriculares vigentes
ÁREA CURRICULAR
PROFESORES O LICENCIADOS EN EDUCACIÓNCON MENCION EN LA ESPECIALIDAD DE
Matemática: especialidadMatemática
Comunicación y Comprensión Lectora: Especiaidad en: Comunicación o Lengua y Literatura
Tomando en cuenta estos dos puntos de la directiva, se ha distribuido las horas de clase de la siguiente forma:
1º.Los profesores que en su título tienen Especialidad: Lengua y Literatura
•Los colegas que están en el V nivel
•Los colegas que están en el III nivel
•El colega que está en el II nivel
2ºLos profesores que en su título tienen especialidad: letras.
•Los colegas que están en el III nivel
•El colega que está en el II nivel
¿Está bien esta distribución? Recuerde que en la directiva habla priorizando la especialidad

RESPUESTA de Hugo Díaz Nicolás. Parec que la decisión respeta la directiva. mire usted. A veces es difícil en una IE dar cumplimiento estricto a la norma cuando hay casos de nivel y formación similar. Lo importante cuando se dan esos casos es conversar y llegar a un acuerdo. Es complicado cuando hay profesores intransigentes.. Saludos

Nicolás

14.02.10

Previos saludos cordiales, quisiera que me absuelva la siguiente duda: Soy docente secundaria pero fui NOMBRADA (oficialmente) en primaria, después de 03 años pasé al nivel secundario. Para contar mi tiempo de servicios oficiales en secundaria, me están contabilizando desde la fecha en que pasé al nivel secundario, porque dicen que no me contabilizan el tiempo que trabaje en primaria. Me ha dicho esto cuando se iba a distribuir las hras de clase. ¿ES CIERTO ESO? y si es así por favor indíqueme en que RD u otro documunto está respadado esto.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Nicolás. El criterio está mal aplicado. A lo que se refiere la directiva es al tiempo de servicios oficiales; es decir, cuantos años de trabajo como docente titulado en un nivel magisterial tiene usted . Saludos.

Sonia

14.02.10

Sr. Hugo Díaz, mucho le voy agradecer me despeje la siguiente duda: En mi I.E. hay poquísimo alumnado y de todas formas quedaremos algunos docentes como excedentes, quisiera que me indique quienes serían ellos:
En la R.M. 101-2009 Lineamientos para la Evaluación y Racionalización ...." dice:
7.2 Criterios para Determinar Excedencia del personal.
7.2.1 ...será declarado excedente de acuerdo a la siguiente tabla:
a. Profesionales de la Educación (docentes titulados)
a.1 título pedagógico que no es del nivel o modalidad
a.2 título pedagóbico que QUE NO ES DE LA ESPECIALIDAD requerida para el cargo. a Igualdad de condiciones se considerará excedente al docente con menor puntaje de acuerdo al siguiente cuadro:
- Estudios concluidos de Doctorado re lacionado a Educación: 5 PTOS.
- grado de Doctor relacionado a Educación: 10 ptos.
- Estudios concluidos en Maestria relacionado a Educación: 5pts.
- Grado de Maestría relacionado a Educación: 5 pts.
- Desempeño profesional: Muy bueno: 5 pts.; bueno: 3 pts. ; Regular: 1 tp.
Participó en la evaluación censal: 3 pts.
- Participó en la capacitación del Pronafcaf 2 pots.
la ley del Profesorado Capítulo XIII Art. 233, indica: se declara excedente al profesor que no reúna los requisitos O ESPECIALIDAD requerida para el cargo
Como Ud. verá en los dos casos me parece que le da prioridad a la ESPECIALIDAD
Ahora también me dicen que saldría el profesor que tiene menos tiempo de servicios oficiales, claro sin interesar de qué área es.
POR FAVOR QUISIERA QUE VEA USTED BIEN LAS RESOLUCIONES, NORMAS Y DIRECTIVAS, PARA QUE ME DE UD. UNA RESPUESTA PRECISA Y mencionándome en qué documentos señala tal cosa, porque unos dicen una cosa, otros dicen otra y ya no sé a quien cree.
GRACIAS DE ANTEMANO POR SU RESPUESTA

RESPUESTA de Hugo Díaz. Sonia. El numeral 7.2.1. de la directiva se hace referencia a los años de servicio luego de mencionar los citerios que usted señala en caso de que los criterios anteriores no permitan definir la excedencia. Saludos.

Ana Maria

15.02.10

buenos dias Dr. Hugo Diaz

mi consulta recae en que la directiva de contrato docente 2010 hace una diferenciacion en cuanto a la modalidad, donde dice que debemos optar por una modalidad. resulta que en la ODEC de Carabayllo (profesores de religion) hasta el año pasado nos completaban horas de dia con horas de noche, y este año con la directiva ya no se puede a pesar de la potestad que tiene la ODEC para evaluar a su personal y asignar horas, esta directiva nos deja sin trabajo a muchos profesores y en otros casos nos resta horas.¿Cuál seria su análisis al respecto? ya que yo como di examen en EBR AHORA TENDRIA QUE DAR EXAMEN EL DIA 21 DE FEBRERO PARA EBA. PERO UNA ANULA A LA OTRA, POR LO TANTO ESTE AÑO NO PODRE TENER MIS HORAS COMPLETAS DE TRABAJO.TENDRE QUE OPTAR POR UNA DE LAS DOS.

RESPUESTA de Hugo Díaz Ana María. La ODEC tiene cierta libertad de manejo de la situación. Creo que es un tema en el cual yo no le puedo responder, solo sugerirle que la directora lo plantee a la Oficina que tiene enlace con los funcionarios del MED para que lo conversen. Saludos

anai

15.02.10

Buenas tardes Señor hugo y gracias por la respuesta. En La institucion Educativa nivel secundario que voy a trabajar son pocos alumnos por grado hay una sola seccion yo soy de CTA y voy a tener 15 horas y como voy a completar mis 24 0 30 horas.por favor sacame de esta duda.

RESPUESTA de Hugo Díaz Anai. Podrían completarle con otro curso o solicitar a la UGEL que le complete en otro colegio. Saludos

ROSENDO TAQUIRI

16.02.10

un saludo desde la tierra de las dunas, Ica.
Para consultarle que un jerarquico debe dictar mínimamente 12 horas de clase, entonces puede dictar 14 horas, esto es como resultado de la distribución de horas. Además, esas horas adicionales de un jerarquico (40 horas) serán pagadas? gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Rosendo. Están dentro del pago que le corresponde a un jerárquico. No hay pago adicional por el dictado de esas hotras; es parte de su responsabilidad. Saludos.

Nardo

16.02.10

Maestro Hugo: El 6 del mes en curso hice dos comentarios relacionado al Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora‏, sobre la carencia de material de lectura para los alumnos del 4to. grado, puesto que ellos ya en el 3er. grado habían leído los módulos 2 y 3 y lo mismo hicieron sus compañeros del 4to. grado. Le alcanzo un dato: desesperado por hallar una respuesta envié un correo al Sr. ELVIS FERNANDO FLORES MOSTACERO, uno de los responsables de este programa y me ha dado la siguiente respuesta: "Nardo, este año se distribuirán los módulos 4 y 5 para quienes ya leyeron los módulos 1, 2 y 3." y a la reiteración de mi consulta para cuándo me da el este otro mensaje: "Si todo va bien, en marzo debe empezar la distribución". Dr. en marzo ya se inicia las clases, los docentes antes del 1 de ese mes debemos entregar a la Dirección nuestra Programación Anual en la que debe incluirse cada una de las actividades de lectura de este Programa. En fin, pero ya al menos aguardo las esperanzas que sea máximo en la primera semana de marzo. Y por favor Dr. usted que es tan generoso con el magisterio peruano tenga la ambilidad de insistir ante el MED o los responsables directos la entrega de estos módulos cuanto antes posible.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Nardo. Así lo haré. El viernes debo estar presente en el MED y conversaré del tema. Saludos.

teodocio

16.02.10

Reciba mis saludos
Quisiera, por favor su opinión sobre un caso de racionalización.
Según la Ley de la CPM, todos los maestros que no se han incorporado a ella mantienen todos sus derechos adquiridos en la Ley del profesorado 24029.
Sin embargo, a pesar que en la Ley del Profesorado se establecen los criterios de la excedencia con claridad, priorizando el nivel magisterial y los años de servicio, el Ministerio de Educación viene ilegalmente imponiendo la R.M. Nº101-2009-ED que establece otros criterios de excedencia.
Siendo jurídicamente la Ley del Profesorado una norma de mayor jerarquía con respecto a la R.M., se viene cometiendo un atropello a los derechos del docente, en cuanto a la declaratoria de excedencia en las instituciones educativas.
Le agradezco su respuesta

RESPUESTA de Hugo Díaz. Teodocio. Hay un conflicto de normas que tiene que aclararse. Hay demasiadas y contradictorias. Estoy de acuerdo con usted en que las normas de más alto rango tienen que respetarse y si se quiere racionalizar tiene que haber el respaldo de una Ley. En este caso no es la resolución ministerial el sustento de la medida sino como verá usted en las bases legales de la norma una serie de leyes sobre austeridad y presupuesto que disponen ello. Saludos.

ROSA MARIA LUISA AGUEDO VILLACORTA

16.02.10

SEÑOR HUGO DIAZ,ME DIRIJO A UD. HAY PROBLEMAS EN MI COLEGIO TUNGASUCA UGEL 04, PARA LA ELABORACION DEL CUADRO DE HORAS DEL 2010, SOY PROFESORA DE C.T.A CON 10 AÑOS DE NOMBRADA TITULADA ESTOY EN EL SEGUNDO NIVEL, TENGO ESTUDIOS DE INGLES, COMPUTACION, ESTUDIOS DE MAESTRIA EN PROBLEMAS DE APRENDIZAJE, LA DIRECTORA ME DECLARA EXCEDENTE POR DARLE 12 HORAS DE FISICA A OTRA PROFESORA DE MATEMATICA FISICA QUE ESTA EN EL PRIMER NIVEL Y SE NOMBRO EN 2004, PERJUDICANDOME, ESTA UGEL SE CARACTERIZA POR SER MAFIOSA, NO SE HA HECHO UNA RACIONALIZACION TRANSPARENTE,HAY OTRA PROFESORA CON MENOS MERITOS TIENE BACHILLER Y ESTA SEGUNDA EN EL CAP, LA ESTAN BLINDANDO EN DICHA UGEL, NO HAY JUSTICIA QUE PUEDO HACER.SALUDOS.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Rosa María. Si no es posible reclamar en la UGEL quéjese a la Defensoría del Pueblo de la localidad con copia a la DRE fundamentando que la norma no se está cumpliendo. Saludos.

Nardo

17.02.10

Dr. Hugo, por favor interceda ante los del MED con este pedido: como quiera que los docentes estamos en pleno trabajo de elaboración nuestra Programación Anual sugerería que los módulos 4 y 5 del Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora lo cuelguen en la Página Web del MED o en el Portal Educativo Perú Educa para tener conocimiento del contenido de cada módulo e insertarlos o relacionarlos con los temas del DCN y de esa manera tener nuestros documentos técnico-pedagógicos en regla para el primer día de clases. Sería un gran apoyo para los docentes de provincias y sobre todo teniendo en cuenta la burocracia que si bien es cierto la entrega se iniciciaría en marzo en Lima, lo más seguro que en provincias sea en abril o mayo como lo fue el año pasado acá en la Región Huánuco.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Nardo. Es una buena sugerencia. Se lo plantearé al señor Vexler con quien me reuno este fin de semana. Saludos.

EDUARD JES

17.02.10

QUIEN TIENE LA PRIORIDAD PARA ASIGNAR LAS HORAS DEL CUADRO, EL TITULO O EL NIVEL MAGISTERIAL?
A QUIEN SE LE ASIGNA PRIMERO LAS HORAS AL QUE TIENE UN SOLA ESPECIALIDAD O AL DE DOS ESPECIALIDADES DE ACUERDO A LAS AREAS CURRICULARES?
EJEMPLO: MATEMATICA O MATEMATICA - FISICA PARA EL AREA DE MATEMATICA AL MARGEN DEL NIVEL

RESPUESTA de Hugo Díaz. Eduard. El título en la especialidad es un requisito. El primer criterio es el nivel magisterial, luego el tiempo de servicios oficiales como docente en algún nivel magisterial y en tercer lugar el tiempo de servicios en el centro educativo. No hay preferencia a que tenga dos especialidades. Saludos.

teodocio

19.02.10

Reciba mis saludos de antemano le agradezco su respuesta.
En mi I.E.La comisión del cuadro de horas distribuyó las horas teniendo en cuenta el título profesional y especialidad requerida, nivel magisterial tiempo de servicios oficiales como docente quedando en el área de CTA el último docente como excedente (II nivel 7 años de servicios) ya no habian horas para él pero ahora la comisión de excedencia cambia las cosas y aplican la RM Nº 101-2009 y DECLARAN EXCEDENTE a otra profesora de CTA (II nivel 19 años de servicios)Ambos estan en la ley del profesorado. ¿se debe aplicar la ley del profesorado en este caso? ¿QUIÉN DEBE SER EL PROFESOR EXCEDENTE? ¿La experiencia acaso no tiene ningún valor? Muchas gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Teodocio. En orden de prelación los criterios son: nivel magisterial, tiempo de servicios como mdocente titulado poseyendo un nivel magisterial y tiempo de servicios en la escuela. Creo que son claros los criterios y no deben dar lugar a malas interpretaciones.. Saludos.

Marlene Alvarado

19.02.10

Estimado Sr. Hugo Diaz:

Tengo una inquietud: Cómo es posible que las autoridades del MED y de los órganos intermedios piensen en contratación de personal y/o nombramiento de docentes, cuando en tantos colegios están habiendo problemas de excedencias? ¿No sería lógico pensar primero en reubicar a esos docentes? ¿Qué se va a hacer con tantos excedentes?¿Por qué se esta dando tanta excedencia?
En realidad hay necesidad de nuevos docentes? Veo por las noticias las grandes colas que hacen los docentes para acceder a una plaza, de ellos poquísimos alcanzan plaza? ¿En realidad hay demanda de docentes?
No será mejor, encaminar los esfuerzos (como ya se hizo con el Pronafcap) de capacitar a los docentes que ya estan nombrados?
Muchas gracias por su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Marlene. Tiene razón. En realidad la racionalización y los procesos de reasignación debieron ser antes para saber cual es la necesidad real de nombramientos y contratos. La verdad es que no sabría responder respecto a cual es el fundamento de convocar a concurso "x" plazas de contrato. Saludos.

Marlene Alvarado

19.02.10

En primer lugar, agradezco infinitamente su pronta respuesta y su dedicación a aclarar las dudas de los docentes, GRACIAS.
Tengo otra duda, es verdad que existe una norma que dice que los prof. de la nueva carrera magisterial no pueden ser declarados excedentes en un proceso de racinalización? Esto me lo han comentado varias personas así que ya tengo dudas. Pues yo creía que se aplicaba la RM 101 a todos. Y si en un proceso de racionalización, entre dos profesores en igual de condiciones en cuanto a especialidad, en el mismo nivel (p.e. nivel II) se declaraba excedente al que tenga menos tiempo de servicio, sea de la nueva carrera o no. ¿Estoy en lo cierto?

Muchas gracias nuevamente.
Que el Señor lo bendiga a usted y a su familia.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Marlene. No conozco una norma en donde la excedencia preferencia el regimen de carrera. Para el encargo sí. Saludos.

JUAN CARLOS

20.02.10

ESTIMADO SR. HUGO DIAZ
SOY UN PROFESOR NOMBRADO INTERINAMENTE AL IGUAL QUE OTRO DOCENTE. AMBOS FUIMOS NOMBRADOS EN LA MISMA RESOLUCION COMO DOCENTES DE PRIMARIA Y LUEGO ROTADOS AL NIVEL DE SECUNDARIA EN EL AÑO 1990. EN EL ACTUAL PROCESO DE RACIONALIZACION AMBOS, QUE SOMOS DE LA MISMA ESPECIALIDAD, ESTAMOS CON LA INTERROGANTE: ¿CUAL DE LOS DOS SERIA EXCEDENTE? PUEDE TOMARSE EN CONSIDERACION QUE, SI BIEN AMBOS TENEMOS LA MISMA CANTIDAD DE AÑOS EN LA INSTITUCIÓN PERO YO TENGO UN AÑO MAS DE CONTRATO QUE MI OTRO COLEGA.
¿CUAL DE LOS DOS SERIA EL EXCEDENTE??
GRACIAS POR LA ATENCION.
SALUDOS


RESPUESTA de Hugo Díaz.
Juan Carlos. Los dos ingresaron teniendo título profesional docente? ambos tienen título asociado a la especialidad? ¡no tivieron experiencia previa en oytro centro educativo? Son interrogantes que no conozco pero infliuyen en la decisión que se adopte. Saludos.


Nardo

20.02.10

Maestro Hugo: quisiera saber cuál fue la acogida la idea de subir a la Web del MED los Módulos 4 y 5 del Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora. Gracias.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Nardo. Después de las denuncias que hubo sobre los manuelas de comprensión lectora el MED ha decidido revisar todo antes que salga cualquier cosa. Ha contratado nueva gente para hacer una nueva revisión. Saludos.

Segundo

20.02.10

Doctor: En una I. E. de la zona rural que cuenta con el nivel primario y secundario, a quien le corresponde la encargatura de la dirección: a un docente con III NIVEL que pertenece al nivel primario o a un docente con II NIVEL que pertenece al nivel secundario. Tengo entendido que con el nuevo DCN (integrado), ya no se tiene en cuenta si es de primaria o secundaria.

Gracias por su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Segundo. Cierto. le corresponde al docente que tiene el mayor nivel magisterial. Saludos.

GANDHY

21.02.10

Profesor HUgo, muy buenos dias, con respecto a los contratos, quisiera saber si puedo presentar expedientes a diferentes UGEL's, para un posible contrato.
O, puedo ser anulada para el proceso?
Me ure saber, tengo plazo hasta el 26

RESPUESTA de Hugo Díaz. Solo puede presentarlo a una UGEL. Saludos.

rosalia

22.02.10

Saludos Maestro Hugo gracias por las respuestas. quisiera que me saque de algunas dudas soy nombrada recientemente,estoy dentro de CPM y en mi colegio somos tres nombrados (CTA,MATEMATICA Y COMUNICACION)Y SOCIALES PARA LA CONTRATA. La duda es ¿como nos vamos a distribuir las horas de clase? si somos de 24 horas; ¿si cada uno podemos coger otras areas o asignaturas? y llegariamos a tener un aproximado de 40 horas o mas y ¿esos adicionales nos pagarán?. y por otro lado no hay un director en la institucion ¿quien de los tres nombrados asumiria este cargo? y será pagado como director o como profesor de 24 horas.
Por favor recomiendame que normas, reglamentos, folletos,etc.debo leer para informarme todo de la CPM.

RESPUESTA de Hugo Díaz Rosalía. Los criterios para establecer la distribución de horas está en la Resolución jefatural 050-2010-ED. Los criterios son: la especalidad, el nivel magisterial, los años de servicio oficiales y los años de servicio en la IE. Ignoro si tiene plazas vacantes que se cubran por contrato. En todo caso la directiva señala que el máximo que pueden cubrir son 30 horas simpre y cuando haya la reserva presupuestal a nivel de UGEL. El director encargado es pagado de acuerdo a su nivel y se le paga una bonificación por las horas adicionales que cubre hasta lelgar a las 40 horas. El reglamento de la CPM es otro documento importante que puede leer Saludos

Anselmo Aarón Pereira Tello- IE 3014 "Leoncio Prado" Rímac

23.02.10

Dr. Díaz, en mi I.E., me corresponde la jefatura de laboratorio, estoy en III nivel, Ley 29062-CPM, mis colegas de CTA están en II nivel y en la Ley anterior. El problema radica, y esto hasta ahora nadie lo quiere comentar, que nosotros los de la CPM, no le somos tan simpáticos a muchos, especialmente a los dirigentes del SUTEP y también a algunos maestros que siempre buscan la oportunidad de tener cargos estratégicos y/o estar en comisiones,como por ejemplo el cuadro de horas, dicen para un mejor servircio educativo. Lo cierto es que la jefatura de laboratorio, este año 2010, le han asignado a una colega de II nivel que no ingresó a la Ley 29062-CPM. La Comisión de Cuadro de Horas y el Sr. Director como presidente, aducen que ya me hice cargo el año anterior y que además presenté a destiempo el informe de las prácticas de laboratorio del 2009, también agregan que tuve algunos altercados con dos colegas. Bueno, yo me podré defender y ellos seguirán sosteniendo lo contrario. Lo que debe quedar claro, es que nosotros, (somos tres profesores incorporados a la CPM) estamos sin defensa y expuestos a los acuerdos de la mayoría, tal como lo sostiene mi director, quién dice, ya la comisión aprobó el cuadro de horas en la I.E., solo falta la UGEL Nº 02 RÍMAC. Lo irónico y anecdótico, es que he sido jefe(e) de laboratorio el 2001, 2002, 2007, 2008 y 2009 sin que me remuneren las 40 horas pedagógicas trabajando por amor y por vocación de servicio, y ahora que se presenta la oportunidad, me niegan este derecho. Ud. puede ayudarme.

RESPUESTA de Hugo Díaz Anselmo. El reglamento de la CPM y la directiva de distribución del cuadro de horas fijan los criterios para asignar las horas. El mayor nivel magisterial prevalece y al parecer usted lo tiene. Por tanto, está en posibilidad de hacer su reclamo. Es verdad, hay profores que están en contra de quienes han ingresado a la CPM, a veces por envidia pues ustedes están en posibilidad de desarrollar una carrera más atractiva. Saludos

LUIS FRANCISCO MELENDEZ RUIZ

23.02.10

Estimado Hugo,
¿Hay alguna novedad sobre los colegios emblemáticos?
Yo sugiero que los profesores nombrados que nos hemos incorporado a la CPM seamos reasignados o destacados a esos colegios de manera voluntaria. Espero nos den esa oportunidad, creo que la merecemos.

Atte.
Luis Francisco Melendez Ruiz
I.E. Mariano Melgar-6019
Ugel 01 SJM

RESPUESTA de Hugo Díaz. Luis Francisco. Mañana trataré de indagar con uno de los viceministros sobre el tema. Parte de los locales se van a inaugurar pronto y sería interesante complementar el anuncio con una propuesta como la que describe. Saludos.

esperanza Álvarez Santillán

24.02.10

Estimado señor Hugo Díaz.
Soy docente de una I.E de ex Variante Técnica de la ciudad de Huánuco.
Le comento acerca de las irregularidades que viene cometiendo la señora directora de la I.E y un grupo de profesores del área técnica y, que éstos están avalados por las autoridades de la DRE-Hco. El caso es el siguiente: En el año que pasó no se aplicó la Movilización Nacional por la Comprensión Lectora siendo ésto una norma en la que se establece destinar obligatoriamente tres (3) horas de libre disponibilidad al área de Comunicación para el desarrollo de las capacidades de la comprensión lectora.Este año se pretende hacer lo mismo aduciendo que, como es un colegio de "variante técnica" no es importante aplicar esta disposición ya que, en la actualidad dizque al alumno no hay que enseñarle sólo a leer y escribir, eso era antes, ahora se enseña para la vida y no solo para la escuela ( sea para la escuela o para la vida, como dicen ellos, primero, hay que saber leer. No comprenden la gran importancia de la lectura).La verdad es que no puedo concebir tal absurdo concepto de algunos colegas y autoridades que pregonan trabajar mucho por mejorar nuestra educación peruana. Creo yo que eso no es la razón por la que no quieren aplicar está norma; hay otros intereses de por medio.De nuestra parte venimos reclamando desde el año pasado, incluso mi persona consultó con el especialista de Educación para el Trabajo allá en el ME, quien dijo que las normas son para cumplir y no hay nada que discutir.Bueno , hay mucho que comentarle al respecto. Quisiera que usted me oriente qué debo hacer para qué esto no suceda ahora.Le reitero que para hacer prevalecer sus argumentos y hacer lo que quieran están confabulados con algunas autoridades de la DRE.Salvo que haya alguna otra razón justificable para no aplicar esta disposición que desconozca, por favor oriénteme. Gracias por su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Esperanza. El marco de la programación curricular es la directiva de actividades educativas 2010 y allí se hace referencia a las 3 horas adicionales para comprensión lectora del 2 al 4 grado. Cuando empiecen las clases, si este caso irregular es denunciado a la directora podrán sancionarla. Saludos.


Mirtha Carhuay Segovia

25.02.10

Buenas noches Sr.Díaz,Por favor oriénteme.
1-Soy profesora de secundaria y fuí nombrada en primaria. Tengo 23 años de servicio y desde octubre 2002 solicito reasignación ¿Qué norma me ampara para que me atiendan?
2-Ante solicitud de licencia sin goce por un año, sale una RD de menor tiempo ¿Qué hacer para que se cumpla mi derecho del tiempo que pedí? ¿Puedo pedir otro año? Tengo 25 años de servicio y 47 años de edad.Nunca pedí licencia
3-¿Existen normas que rigen la municipalización, quién decidirá nuestras labores y se respetarán los derechos de los docentes de más de 20 años de servicio?

RESPUESTA de Hugo Díaz. Mirtha. Cada DRE está sacando sus propias directivas de reasignación tomando en cuenta lo uqe dicen la Ley del proyesorado y la Ley de CPM. Entre las causales de reasignación están el interés personal, unidad familiar, por emergencia, salud y representación sindical. La reasignación tiene un plazo, debería hacerse antes de iniciar el año escolar. Las licencias pueden ser hasta por dos años durante toda su carrera profesional. La municipalización es una modalidad de gestión que no afectará sus derechos laborales . Saludos.

elizabet mary

25.02.10

Gracias por la respuesta:
Buen Dia Dr.Hugo Diaz, el año pasado
estuve contratada en una ugel de Cusco en el nivel secundario con 30 horas de las cuales solo nos pagaron 812 soles en marzo y abril,luego salió el DS 104-2009-ED donde se incremento a 1020 soles. Bueno varios colegas hemos presentados nuestro reclamo a la ugel para que se nos abone de esos dos meses, pero hasta el dia de hoy no nos pagan, ademas todos los docentes del nivel secundaria que trabajamos en esa UGEL trabajamos todo el año con 30 horas pedagogicas y se nos pago solo por 24 y otros por 27 horas, como debemos proceder ya que las horas trabajadas correspondian al Cuadro de distribuion de horas de nuestras instituciones y tenian presupuesto.Se ha hecho el reclamo a la UGEL, DRE Y a la Region, pero no nos han solucionado nada.
Por favor una consulta mas, yo he ingresado a la nueva carrera magisterial en la especialidad de Comunicacion, y quisiera saber si en el transcurso del tiempo, puedo cambiarme de especialidad ya que cuento con una segunda especilialidad. Muchas gracias, se lo agradecere.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Elizabeth. Si entiendo su mensaje ha venido siendo contratada y reclama el pago de enero y febrero; por otro lado me dice que está en la CPM, es decir, está nombrada. Si está contratada, para percibir enero y febrero tendría que tener contrato vigente, no sé si lo tiene. En cuanto a cambios de especialidad en la carrera es posible en la medida que las normas sean más flexibles en cuanto a que docentes con segunda especialidad pueden trabajar en esa segunda área. Por ahora exigen el título profesional. Saludos.

Angela

26.02.10

Estimado Señor Hugo Díaz:
Mi consulta recae en la R.M. Nº101-2009-ED .
Es posible que se declare excedente a una profesora de III nivel de la CMP y otra profesora que tiene el II de la ley del profesorado no, pues tiene más tiempo de servicio en la I.E. ambas han dado su prueba censal y Pronafcap y no se tiene en cuenta el nivel magisterial alcanzado pues la R.D. no lo especifica. ¿Quién debería salir de excedente? y como entender la R.D. 101?

RESPUESTA de Hugo Díaz. Angela. La RM dice "En caso de los docentes titulados, se declarara excedente de manera excluyente a los docentes que no reúnan los siguientes requisitos: a.1 Título pedagógico que no es del nivel o modalidad educativa a.2 Título pedagógico que no es de la especialidad requerida para el cargo. A igualdad de condiciones se considerará excedente al docente con menor puntaje de acuerdo al siguiente cuadro (incluye estudios de docntotrado, maestría, etc.): Luego dice En caso de igualdad de condiciones será declarado xcedente el docente que tenga menor tiempo de servicios oficiales en la Institución educativa, de subsistir la igualdad será declarado excedente el que tenga menor tiempo de servicios oficiales docentes al Estado. Para el nivel de educación secundaria (EBR), ciclo avanzado de EBA y de Educación Técnico Productiva, los profesores serán previamente agrupados por especialidad y modalidad.. Saludos.

Ernesto Rodriguez

26.02.10

Antes de comenzar mi consulta deseo felicitarlo por la orientacion a los maestros del Peru, mi consulta es la siguiente: Soy un docente nombrado en la CPM el 2008 y el año 2009 mi jornada fue de 30 hrs. y bueno se me pago por las 6 hrs adicionales, para el 2010 sale la directiva para la distribucion de horas y tambien especifican el pago por horas adicionales ¿este pago de hrs. adicionales es solo para matematica y comunicacion como lo manifiestan algunos funcionarios en la Ugel donde laboro? o es para cualquier area y ademas desearia saber a que se refiere con disponibilidad presupuestal para el pago de las hrs. adicionales.
Agradeciendo anticipadamente su atencion me despido.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Ernesto. Yo había contestado este mensaje pero no sé por qué no se grabó la respuesta. El pago de horas adicionales no necesariamente es solo para comunicación y matemática. Hay colegios de matrícula suficiente que pueden justificar dar horas adicionales en otras áreas. Por disponibilidad presupuestaria se entiende que hay recursos para financiar esas horas adicionales en su centro educativo. Saludos.

LUIS FRANCISCO MELENDEZ RUIZ

26.02.10

Estimado Hugo,
En relación al mensaje de Ángela:

En un mensaje anterior yo había elaborado una lista de posibles dificultades que presenta la R.M.101 y precisamente uno de ellos era que no toma en cuenta el nivel y de frente pasa a antiguedad de tiempo de servicios en la I.E. Esto si es que hubiera empate en los criterios previos referentes a estudios, desempeño profesional, examen censal, etc.

Sin embargo creo que serían pocos los casos de empates en estudios y capacitaciones. De todos modos es importante que se considere primero el nivel para desempates.

Atte
Luis Francisco Melendez Ruiz
I.E. Mariano melgar-6019
Ugel 01 -SJM

RESPUESTA de Hugo Díaz. Luis Francisco. Así es. En realidad son varios los factores que establece la RM relacionados con formación y capacitación que hacen difícil el empate; más aún en un centro educativo. Si se tratase de un ámbito geográfico más grande quizá podría darse esa posibilidad. Saludos.

jaime

27.02.10

Me comunico con Ud. porque tengo una inquietud.
según la Directiva Nº 004-2010-ME/SG/OGA/UPE,
Sucede que estamos en las mismas condiciones con otro profesor, tenemos el mismo nivel y fuimos nombrados el mismo dia, nuestra resolución de nombramiento tiene la misma fecha, somos de la misma especialidad. Según " el tiempo de servicios oficiales en la IE". el docente que compite conmigo tiene posesion de cargo con fecha 17 de abril del 2 001, en cambio yo me a persone a la institucion educativa un dia despues de ser nombrado a la I.E. osea el 4 de abril de 2001, donde el director me puso a disposición de la ugel, mediante un oficio con fecha 04 de abril, pero yo asistia y cumplia mis 24 horas en la I.E. hasta que se solucione mi situacion del cual no tuve culpa de este problema .MI PREGUNTA RADICA SOBRE el tiempo de servicios oficiales en la IE . A QUIEN SE LE DEBE DAR PRIORIDAD EN LA DISTRIBUCIÓN DE HORAS, TENIENDO EN CUENTA QUE MI TITULO PEDAGOGICO ES MAS ANTIGUO.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Jaime. ¿Tienen el mismo nivel magisterial, el mismo tiempo de servicios oficiales en el sector educativo público como docentes titilados, el mismo tiempo de servicios en la institución educativa donde laboran? Es la primera cuestión a resolver. La otra es si alguno de ustedes tiene alguna segunda especialidad; si es así podría solicitar completar sus horas o trabajar en ella. Saludos.

Teodocio

27.02.10

Si se distribuyen las horas de acuerdo a la Directiva Nº004-2010 y un solo Profesor queda sin horas de su especialidad ¿Es declarado excedente? O se aplica la RM Nº101 a todos los docentes de dicha especialidad. muchas gracias por su respuesta

RESPUESTA de Hugo Díaz. Teodocio. Primero se aplican los criterios de excedencia jidaos en la RM 101 y luego la directiva de distribución del cuaro de horas. Saludos.

Rosalia

27.02.10

Buenas noches,por favor quería saber si existe alguna norma o documento que diga sobre la elección del dia libre en el mivel secundaria pues en la I.E donde laboro hay una profesor que valiendose de su antiguedad no quiere que le cambien el dia lunes como dia libre.le agradezco desde ya su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Rosalía. No hay ninguna norma. Lo que deben hacer es determinar en cada caso como cumplen con las 24 horas de la jornada laboral; algunos lo pueden hacer en cuatro días, otros en cinco. Depende de la aplicacion de la directiva de distribución del cuadro de horas y que los profesores se pongan de acuerdo . Saludos.

Socorro Troyes Rivera

28.02.10

Hola Dr. Hugo.
Soy docente del IV nivel de la CPM, del área de CAS, del CEBA "Ignacio Sánchez" - Piura; brindamos atención presencial y semipresencial. Mi inquietud es la sgte:
Puedo solicitar se me prefiera en cuanto a la distribución horaria, ya que mi colega de la misma área pertenece al III nivel de la ley anterior.
Agradezco anticipadamente vuestra atención.

RESPUESTA de Hugo Díaz Socorro. Tener un nivel magisterial mayor le favorece en la asignación de las horas de clase. Saludos

ANA

01.03.10

BUENOS DIAS, PROF HUGO:

MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE : SOY DOCENTE CON NOMBRAMIENTO TITULAR EN EL AÑO 1998 , Y HAY OTRA DOCENTE CON NOMBRAMIENTO INTERINO QUE OBTUVO SU TITULO EN EL AÑO 2000, SIN EMBARGO SE HA HECHO RECONOCER SUS AÑOS DE SERVICIO COMO DOCENTE CON NOMBRAMIENTO INTERINO . QUISIERA SABER SI ESTE RECONOCIMIENTO ES VALIDO PARA QUE TENGA PRIORIDAD EN LA ELECCION DE LAS HORAS O LOS AÑOS DE SERVICIO OFICIALES , ES DESDE LA OBTENCION DE SU TITULO PEDAGOGICO . QUIÉN TIENE PRIORIDAD EN LA ELECCIÓN DE LAS HORAS , YA QUE AMBAS ESTAMOS EN EL II NIVEL.
MUCHAS GRACIAS

RESPUESTA de Hugo Díaz. Ana. El tiempo de servicios que se reconoce para la distribución de horas es el acreditado para la CPM o Ley del Profesorado. Si a la otra profesora ya le reconocieron sus años de nombramiento interino entonces se le contabiliza para efectos del tiempo de servicios oficiales y del cuadro de distribución de horas Saludos.

Milagros

01.03.10

BUENAS TARDES
Soy profesora con titulo de ciencias sociales y con diez años de servicios y mi
colega hace tres años obtuvo el titulo de COMUNICACION pero fue nombrada interinamente en ciencias sociales hace 18 años.
Mi pregunta es quien de las dos tiene prioridad en este caso.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Milagros. Si se trata de definir la prioridad la pregunta es ¿para declarar excedente o para el cuadro de horas? Si es para ser excedente el criterio es si tiene título pedagógico en el nivel o modalidad y si tiene la tiene título ern la especialidad, Luego se valora los estudios de perfeccionamiento, desempeño y participación en el Pronafcap y finalmente, el que tenga mayor nivel magisterial y más tiempo de servicios en la carrera del profesorado o la CPM. En el cuadro de hora en orden de prioridad se considera el nivel magisterial, los años de servicio en la carrera del profesorado y los años de servicio en la IE. Saludos.


José Domingo Castañeda Pilo Pais

02.03.10

Señor Díaz. Mi consulta no tiene mucho que ver con el tema, pero no he encontrado otra vía de comunicación. Qusiera que me informara si el Ministerio de Educación tiene un esquema para elaborar el Plan Anual de Trabajo (PAT) o si usted tiene un esquema que recomienda.
Muchas gracias de antemano.

RESPUESTA de Hugo Díaz José Domingo. A su correo le envío material que se ha utilizado en el Pronafcap. . Saludos

LUIS FRANCISCO MELENDEZ RUIZ

02.03.10

Estimado Hugo,
En relación al mensaje de José Domingo Castañeda Pilo Pais:

Existe la siguiente directiva de la Ugel 01, la cual hemos utilizado en mi colegio para elaborar los documentos de gestíón: PEI,PCI, PAT, RI,IGA. En los anexos incluye esquemas para todos ellos.

DIRECTIVA Nº 006 - 2010-UGEL.01-AGI-EP

NORMAS PARA EL PROCESO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL Y FORMULACIÓN, EVALUACIÓN DE LOS
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN 2010 A NIVEL DE LOS PROGRAMAS E II. EE. PÚBLICAS, PRIVADAS Y
POR CONVENIO DE LA JURISDICCIÓN DE LA UGEL Nº 01 LIMA SUR

Atte.

Luis Francisco Melendez Ruiz
I.E. Mariano Melgar-6019
Ugel 01 - SJM

RESPUESTA de Hugo Díaz. Luis Francisco. Nuevamente mil gracias, Siempre aportando positivamente en favor de otros profesores. Saludos.

Manuel

03.03.10

Saludos y gracias por su respuesta. En la I.E. donde laboro se viene presentando un problema con la distribución de secciones. Las horas y secciones se distribuyeron como siempre por grupos de docentes, considerando el nivel magisterial, el tiempo de servicios y el titulo correspondiente, Pues bien los docentes de cada área elegian sus secciones respetando los criterios arriba señalados hasta completar 24 horas. Eso se ha hecho desde varios años, sin ningun problema. Pues resulta que este año los docentes de comunicacion de mayor nivel magisterial eligieron las secciones de quinto grado y la directora les cambio las secciones. Los colegas de comunicación hicieron una denuncia de abuso de autoridad. Tanto asi que un especialista de la UGEl llegó a la IE a clarificar y dar solución al problema.
Se sabe que existe la directiva 04-2010, la misma que dispone la formación de una comisión de distribución de horas. Directiva, que de no haber problemas nunca se hubiera formado, pero por acuerdo de los denunciantes, el especialista de la UGEL y directora se formará mañana.Parece que el problema seguirá por algunos días mas, teniendo en cuenta según los denunciantes ellos pueden elegir las horas y secciones y la directora dice que la comisión designa las horas y secciones a los docentes.
La verdad quisiera saber quien tiene la razón y así llevar un planteamiento mañana en la asamblea.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Manuel. El ideal hubiese sido que la directora siga la costumbre que ustedes ya habían adoptado. Además, la directiva establece los criterios quen usted ha expuesto. De otro lado lo que dice la directiva es que el cuadro de horas se elabora con la participación de los docentes. Saludos.

ENRIQUE ALVAREZ FALCONI

03.03.10

SEÑORES

LES ENVIO LA PRESENTE PARA SOLICITAR SU AYUDA PARA QUE ATRAVES DE SU BLOG INTERCEDA ANTE LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN , DEPARTAMENTAL Y UGEL 04 EN COMAS A FIN DE QUE SEAMOS ESCUCHADOS. POR PIEDAD LES IMPLORAMOS YA NO PODEMOS SOPORTAR LOS ABUSOS QUE VIENE COMETIENDO EL DIRECTOR DE LA I.E. SIMÒN BOLIVAR 2026 DE LA URB SANTA LUZMILA EN COMAS ALTURA DE LA CUADRA 7 DE LA AV UNIVERSITARIA.
HACIENDO MAL USO DE LAS HORAS DE COMPRENSIÒN LECTORA TRAJO A UNA DOCENTE NOMBRADA REUBICADA DEL COLEGIO ESTHER FESTINI DE RAMOS OCAMPO ,QUIEN A SU VEZ EN ANTERIORES AÑOS TRABAJO EN UN COLEGIO DE CHORRILLOS PERTENECIENTE A LA UGEL 07
ESTE AÑO ESE NOMBRAMIENTO ESTÀ GENERANDO PROBLEMAS EN EL AREA DE COMUNICACIÒN. ADEMÀS LOS HAY EN OTRAS AREAS Y POR SU CAPRICHO DE NO ACCEDER A UN HORARIO COMO LO ORDENA LA UGEL NOS ENTORPECE LAS LABORES NO PUDIENDO INICIAR LAS CLASES HASTA LA FECHA POR NO CONTAR CON CARGA HORARIA Y MUCHO MENOS CON UN HORARIO PARA INGRESAR AL DICTADO .
NECESITAMOS QUE UD NOS AYUDE A CANALIZAR ESTA QUEJA A LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN PARA QUE SE APERSONEN A LA BREVEDAD POSIBLE A LA I.E. ARRIBA MENCIONADA Y A LA BREVEDAD POSIBLE NOS AYUDEN A SOLUCIONAR ESTE PROBLEMA, CAMBIANDO DE DIRECTOR SI ES POSIBLE QUE ELLOS MISMOS TRAIGAN UNO ,PERO QUE SEA PRONTO YA NO PODEMOS SOPORTAR TANTO USO Y ABUSO DE AUTORIDAD NO SOMOS IGNORANTES ,SABEMOS NUESTROS DERECHOS Y PEDIMOS SER TRATADOS CON RESPETO, IGUALDAD, JUSTICIA PERO BIEN DISTRIBUIDA NO SOLO A SUS ALLEGADOS
AGRADECIENDO Y ESPERANDO RESPUESTA Y LA ANHELADA JUSTICIA A TRAVES DE SU PRESTIGIOSO Y TAN LEIDO BLOG POR TODO EL MAGISTERIO NACIONAL E INTERNACIONAL

RESPUESTA de Hugo Díaz. Enrique. Canalizaré su mensaje al MED para sugerirles que la UGEL haga el seguimiento respectivo. Saludos.


ALFREDO CUEVA TELLO

06.03.10

SEÑOR
HUGO DIAZ
FELICITACIONES POR SU PONENCIA EN CANAL N EXCELENTE QUEDÒ BIEN CLARO COMO ESTÀ LA SITUACIÒN DE LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL.ES UNA PENA Y VERGUENZA DEBE SUSPENDERSE LOS EXAMENES A LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL YA VEMOS EN LA T.V. QUE LOS DOCENTES QUE NO HAN ALCANZADO LA PLAZA SE ESTÀN CORTANDO LAS VENAS DADA SU DESESPERACIÒN Y LA SITUACIÒN POR LA QUE ESTARAN ATRAVESANDO SOLO ELLOS LO SABEN.
DEBEN DEJAR UN PAR DE AÑOS DE DESCANSO PARA NUEVAMENTE EMPEZAR LOS EXAMENES A LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL E IR BUSCANDO LAS ESTRATEGIAS PARA VER QUE NO SE ROBEN LAS PRUEBAS SE VENDAN Y PLAGIEN Y SE NOMBREN LOS QUE NO ESTUDIAN Y LOS QUE ESTUDIAN NO.
SEÑOR SOLICITO A UD. CANALICE CON LOS RESPONSABLES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN QUE MODIFIQUEN LO CONCERNIENTE A LO RELACIONADO A LA RACIONALIZACIÒN DE DOCENTES SE DEBE TOMAR EN CUENTA EL TÌTULO AL MOMENTO DE SER NOMBRADO POR QUE MUCHOS SE HAN NOMBRADO INTERINAMENTE ESTUVIERON 20 AÑOS EN ESA CONDICIÒN Y DESPUÈS REGULARIZARON SU SITUACIÒN OBTENIENDO EL TÌTULO Y ESO ES UN ENREDO LAS COSAS DEBEN SER MÀS CLARAS Y PRECISAS YA QUE PARA INGRESAR A LA CARRERA DEL MAGISTERIO ES OBLIGATORIO TENER EL TÌTULO Y PARA NOMBRAR EL TÌTULO Y LA ESPECIALIDAD EN QUE SE NOMBRA.
ESE ES OTRO PROBLEMA ALGUNOS SE HAN NOMBRADO EN OTRA ESPECIALIDAD O MODALIDAD MUY DIFERENTE A LA QUE MENCIONA EL TÌTULO Y ES ENTONCES DONDE SE CREA OTRO PROBLEMA PARA RESOLVER.
FRANCAMENTE QUE CADA AÑO HAY MAS ENREDOS Y CONFUSIÒN Y AHORA PEOR CON EL NIVEL MAGISTERIAL ,A LAS FINALES EL QUE INGRESÒ PRIMERO AL MAGISTERIO TIENE MÀS QUE PERDER QUE AQUEL QUE RECIEN SE HA NOMBRADO INGRESANDO EN LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL.
LO QUE DEBE PRIMAR ES EL TÌTULO ,LA ESPECIALIDAD EN QUE HA SIDO NOMBRADO Y LOS AÑOS DE SERVICIOS ,PORQUE EN EL TRAYECTO LUEGO DESPUÈS LOS DOCENTES PUEDEN ESTUDIAR LA MAESTRIA SEGUNDA ESPECIALIDAD O DOCTORADO.
ESPERO QUE MI PEDIDO SEA TOMADO EN CUENTA
GRACIAS

RESPUESTA de Hugo Díaz. Alfredo. Gracias por sus comentarios. Hay mucho que corregir en las normas. Su mensaje con seguridad es leído por funcionarios que están preparando nuevas normas. Sé que es un referente. Ojalá hagan caso a nuestras preocupaciones. Saludos.

anonimo

07.03.10

Señor Hugo Diaz 7-3-10

Un determinado colegio para la distribución de horas debe seguir la siguiente secuencia:
1º)Debe aplicar la Resolución Jefatural 050-2010-ED(directiva 004);sólo después
2º)Aplicar la RM Nº101-2009-ED a los profesores que hayan salido excedentes como consecuencia de la aplicación de la norma 004-2010.
Mi pregunta es por el orden o secuencia ¿o acaso es al revés? Es decir para efectos de distribución de las horas,primero se aplica la Rm 101 y sólo después la directiva 004-2010.
Gracias por su respuesta

RESPUESTA de Hugo Díaz. Anónimo. Como dice es la revés. Primero, en función de la matrícula y las secciones con que puede funcionar aplica la RM 101, determina la excedencia y luego aplica la directiva de distribución de cuadro de horas. Saludos.

SEBASTIAN ACEVEDO CORREA

07.03.10

APRECIADOS
SEÑORES
TOTALMENTE DE ACUERDO EN QUE SE REVISE Y SE RECTIFIQUE LA NORMA CON RESPECTO A LAS RESOLUCIONES PARA APLICAR LAS EXCEDENCIAS EN LAS I.E. LO QUE DEBE PRIMAR ES EL TÌTULO, YA QUE ES EL REQUISITO INDISPENSABLE PARA SER NOMBRADO E INGRESAR A LA CARRERA MAGISTERIAL Y EJERCERLA , LUEGO LA ESPECIALIDAD ,EL NIVEL, LOS AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y LOS AÑOS DE SERVICIOS DE PERMANENCIA EN LA MISMA I.E.
YA DESPUÈS ES QUE LOS DOCENTES SIGUEN SU SEGUNDA ESPECIALIDAD O SU MAESTRIA.
LO QUE NO DEBE SER, ES QUE SE CONSIDERE A UN DOCENTE NOMBRADO INTERINAMENTE SIN EL TÌTULO , QUE DESPUÈS DE MÀS DE 20 AÑOS LO OBTENGA BAJO AMENAZAS QUE SI NO LO HACE PUEDE QUEDAR EXCEDENTE Y LO ASCIENDAN A UN III NIVEL , MIENTRAS QUE AQUEL QUE INGRESO POR LA VIA CORRECTA Y EXIGIDA , SOLO QUEDA CONGELADO EN EL II NIVEL Y EN PELIGRO DE SER ÈL LA PERSONA QUIEN CORRA EL RIESGO DE EXCEDENCIA.
NO ES JUSTO NO ESTÀN BIEN DADAS ESAS NORMAS , POR FAVOR ,HAGA UD LLEGAR MI VOZ PARA QUE LOS SEÑORES DEL MINISTERIO SE DIGNEN REORDENAR, REPLANTEAR ESA NORMA Y SACAR UNA NUEVA CORRECTA Y JUSTA DE ACUERDO A LA LEY PARA TODO EL MAGISTERIO NACIONAL.
DESEANDO SER ESCUCHADO Y AGRADECIENDO LA OPORTUNIDAD QUE UD. BRINDA AL DOCENTE A TRAVES DE SU TAN VISITADO Y PRESTIGIOSO BLOG PARA EXPRESAR SU MALESTAR E INCONFORMIDAD.
DIOS LO BENDIGA POR SIEMPRE POR ESTAR AL LADO DE LAS PERSONAS QUE MÀS NECESITAN JUSTICIA
ATENTAMENTE
SEBASTIAN

RESPUESTA de Hugo Díaz. Sebastian. Creo que su comentario es muy pertinente pues la norma es injusta con aquellos profesores que ingresan por la vía correcta a la carrera. Haré llegar su mensaje al MED. Saludos.

Marlene

07.03.10

Estimado Sr. Hugo Díaz:
En primer lugar felicitarle y agradecerle por su presentacion en Canal N, donde expuso claramente mucha de la problemática en el sector educación.Ojalá que con el apoyo de la prensa se pueda lograr mejoras.

También quisiera saber qué sucede con los docentes que son declarados excedentes en las I.E. municipalizadas. Este año fueron declaradas excedentes dos docentes de mi I.E. (La Divina Providencia) que lamentablemente ahora pertenece a la Municipalidad de Surquillo.
Se supone que la Municipalización debería beneficiar al colegio, pero no se percibe así, por lo que puedo darme cuenta estamos perdiendo lo que se recibía por la unidad de costeo y quien sabe qué otros beneficios...

Muchas gracias por su oportuna respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Marlene. Es cierto. También he sabido que en la distribución de matwriales y equipos que llegan a las UGEL los colegios municipalizados tienen también problemas. Las normas sobre racionalización no dicen nada respecto de la excedencia. Me imagino que es personal que tendrá que pasar a la UGEL para su reubicación. Saludos.

Laura

09.03.10

Saludos Dr. Hugo:
En el mes de Enero de distribuyó la carga horaria,dando una hora electiva a CTA, por los proyectos ambientales que se realiza en el colegio durante todos los años ; pero en la UGEL 04 no se aprobó el cuadro de horas, sólo se dejó una hora electiva para primer y segundo año. Mi consulta es somos dos docentes del area, y pienso que lo justo y honesto sería que los grados con horas electivas deberian repartirse entre ambas colegas, pero sin consulta alguna la docente de mi area, que está en la comision del cuadro de horas, completó su carga horaria con los grados de horas electivas, 1º y 2º, sin darme la oportunidad de opinar, sabiendo además que yo soy la que realiza los proyectos ambientales haciendo uso de esa hora electiva y he representado siempre a la I.E. ¿Qué opina?

RESPUESTA de Hugo Díaz. Laura. Ciertamente que nsi usted ha sido la encargada todos los años de esa actividad lo que se comete es un abuso del poder por el hecho de formar parte de una comisión en donde se es juez y parte interesada. Saludos.

Jaime Fructuoso Carrión

11.03.10

estimado amigo
pot favor quisiera comunicarme con su persona para poder coordinar una capacitacion a profesores de carhuaz y huaraz.
saludos mi correo es dcarrion_c@hotmail.com
mi telefonos: 043-422621, 943265795
Dcarrion "centro de capacitación y eventos academicos"

RESPUESTA de Hugo Díaz Jaine. Su mensaje ha sido publicado. Seguramente habrá un profesor calificado que se interese. Saludos

ERIKA SOLANO MADUEÑO

12.03.10

APRECIADO
SEÑOR
SOLICITO A UD, POR FAVOR NOS APOYE A LOS DOCENTES ELEVANDO NUESTRO PEDIDO A LOS SEÑORES DEL MED PARA REPLANTEAR LAS DIRECTIVAS CON RESPECTO A LA RACIONALIZACIÒN DOCENTE PARA VER LO DE LA EXCEDENCIA DE DOCENTES EN LA I.E.
LO PRIMERO QUE DEBE TOMARSE EN CUENTA ES EL AÑO DEL REGISTRO DEL TITULO PORQUE ES CON EL TÌTULO QUE UNO INGRESA A LA CARRERA PÙBLICA DESPÙES LA ESPECIALIDAD.
LUEGO LOS AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y LOS AÑOS DE PERMANENCIA EN LA MISMA I.E.
POSTERIORMENTE LOS ESTUDIOS ADQUIRIDOS DESPUÈS DE LA CARRERA. YA SEA MAESTRIA O DOCTORADO.
ESPERANDO NOS BRINDA EL APOYO QUE TANTO NECESITAMOS LOS DOCENTES QUE HEMOS INGRESADO A LA CARRERA POR VOCACIÒN Y EN FORMA LEGAL POR LO CORRECTO COMO DEBE DE SER CON TRANSPARENCIA

RESPUESTA de Hugo Díaz. Erika. Lo que usted plantea es entonces una modificacion del primer y tercer criterios. El primero en su concepción y el tercer en su prelación. Veré de hacer llegar su sugerencia al MED Saludos.

Luis Alberto

13.03.10

Estimado Señor Hugo.
Los profesores contratados del nivel de secundaria que laboren mas de 24 horas ¿¿con cuánto de remuneración serán reconocidos? Porque es legal que se trabaje y no se pagué? En qué lugar se puede pensar que se trabaje gratis. El derecho laboral que señalará al respecto para evitar que se cometan abusos. Gracias por su respuesta. Le agradeceré mucho que pueda ilustrarme.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Luis Alberto. La legislación sobre remuneraciones reconocida por el Ministerio de Economía es que a usted se le paga por hora de clase dictada y que se le puede dar hasta un máximo de 30 horas. Lamentablemente esa es la Ley. Saludos.

Ernesto Rodriguez Huamani

13.03.10

Previo un cordial saludo Sr. Hugo quisiera saber si este año a los docentes del I nivel de la CPM que llevamos por necesidad de la I.E. 06 hrs. adicionales se nos va a remunerar ya que en la Ugel ponen trabas al afirmar que no hay presupuesto cosa que la directiva de distribucion de horas no especifica es mas dice que si podemos aumentar nuestra jornada laboral en todo caso cual es el procedimiento que se debe de seguir para que nos remuneren dichas horas y por favor desearia saber si estas horas adicionales son solamente para las areas de comunicación y matematica o para todas las areas agredeciendo anticipadamente su atencion me despido.

RESPUESTA de Hugo Díaz. Ernesto. Se reconoce el pago por horas adicionales -hasta 30- por las horas efectivamente dictadas. Si no son horas de clase no se reconoce el pago. Saludos.

EDUARDO LLANOS MUÑOZ

13.03.10

APRECIADO
SEÑOR
LO SALUDO ATENTAMENTE Y LE CONSULTO LO SIGUIENTE ES VERDAD QUE LAS HORAS DE COMPRENSIÒN LECTORA TERMINAN ESTE AÑO 2010 Y QUE A PARTIR DEL PRÒXIMO AÑO 2011 LAS HORAS DE INCREMENTO LE TOCARÀ AL AREA DE MATEMÀTICA
TIENE UD. CONOCIMIENTO AL RESPECTO O SON SOLO SUPOSICIONES DE LOS COLEGAS Y CONTINUARÀ LAS HORAS PARA EL ÀREA DE COMUNICACIÒN
MUCHISIMAS GRACIAS POR SU RESPUESTA

RESPUESTA de Hugo Díaz. Eduardo. Todavía no hay ninguna decisión al respecto.Es muy temprano para . hacerlo. Todo lo que se diga son especulaciones. Saludos.

Anónimo

14.03.10

Anónimo
Sr Hugo Diaz:
Nuevamente requiriendo de sus servicios de orientación.
Concretamente:¿Puede la comisión del cuadro de distribución de horas de un colegio proceder a repartir las horas sólo y únicamente según la directiva 004-2010 pero siempre y cuando la comunidad de profesores esté de acuerdo con tal proceder? ¿ esto implicaría una desobediencia a la existencia de la RM 101?
Quedo desde ya agradecido por su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz Anónimo. La directiva dice que la distribución del cuadro de horas se hace con la participación de profesores. Se supone que en la comisión hay representates de los profesores; además que se hacen las consultas del caso para buscar suficiente justicia en la fijación de horas para cada profesor . Saludos

ARMANDO ESPEJO SOTELO

14.03.10

ESTIMADO
SEÑOR
POR FAVOR SI PUEDE HACER LLEGAR ESTA NOTA A LOS SEÑORES DE CADER DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN PARA QUE VENGAN A LA I.E. SIMÒN BOLÌVAR EN SANTA LUZMILA COMAS A VER LO RELACIONADO CON EL CAP Y EL CUADRO DE HORAS HAY DEMASIADAS IRREGULARIDADES QUE DEBEN DE SABERLAS Y SOLUCIONARLAS A LA BREVEDAD POSIBLE ANTES QUE SEA DEMASIADO TARDE.

RESPUESTA de Hugo Díaz Armando. El blog es leído por autoridades del MED, pero corresponde a la UGEL correspondiente arreglar problemas que están en su ámbito. Saludos


AGRADECIENDO ANTICIPADAMENTE SU ATENCIÒN

SALUDOS

Rocío Masgo

15.03.10

Sr Hugo Díaz es cierto que a todos los profesores de la LEY DEL PROFESORADO, que trabajen una hora más (nivel secundario) les van a pagar 40 soles mensual por hora ??
Digo esto porque en el colegio donde laboro el director llego con esa información y el que menos (hasta los que nunca quisieron trabajar más de sus 24 horas) tomaron una hora más (la de tutoría) y ellos ahora están alegres porque dicen que les van a pagar 40 soles más en forma mensual.
Lo que yo tengo entendido es que eso sólo corresponde para aquellos profesores que están en la Carrera Pública Magisterial, a ellos creo le pagan 49 solés más , en forma mensual, por cada hora adicional
Espero su respuesta.

RESPUESTA de Hugo Díaz Rocío. El pago de 49.83 soles por hora adicional solo corresponde a quienes están en el régimen de la Ley de CPM. Saludos

cesar arbañil tocto

16.03.10

SOLICITO SE ME INFORME
RUC DE LA DRE DE LAMBAYEQUE
UGEL DE FERREÑAFE

RESPUESTA de Hugo Díaz César. Tiene que ingresar a la página web de la Sunat y averiguar allí. Hay una sección que da informaciones sobre el RUC Saludos

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Sobre esta entrada

Esta página contiene una sola entrada realizada por Hugo Díaz Díaz y publicada el 26 de Enero 2010 5:41 PM.

Contratación de personal docente para el 2010 es la entrada anterior en este blog.

Aclaran procedimiento de contratación de docentes es la entrada siguiente en este blog.

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